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¿Qué es Derecho Laboral en México?

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Los contratos de trabajo obligan a lo expresamente pactado en ellos y a las consecuencias que establezcan las normas de trabajo, a la buena fe y a la equidad.

Reglamento Interior del Trabajo

El Reglamento Interior del Trabajo, es un conjunto de disposiciones obligatorias tanto para los trabajadores como para los patrones, algunas de estas disposiciones son las relativas a las horas de entrada y salida de los trabajadores; días y lugares de pago; normas para prevenir los riesgos de trabajo; permisos y licencias; tiempo y forma en que los trabajadores deben someterse a exámenes médicos; entre otras. Para crear el Reglamento Interior del Trabajo, se requiere de una comisión mixta de representantes de trabajadores y el patrón, debe de ser conforme a la ley y deberá depositarse ante la Junta de Conciliación y Arbitraje.

reglamento interior de trabajo

Condiciones de Trabajo

Las condiciones de trabajo deberán hacerse constar por escrito, sin embargo la falta del escrito no priva al trabajador de los derechos que deriven de la ley y de los servicios prestados.

Son condiciones de trabajo: el lugar o lugares donde deba prestarse el trabajo; la duración de la jornada de trabajo; la forma y monto del salario; el día y el lugar de pago del salario; las condiciones de capacitación o adiestramiento; los días de descanso; vacaciones y demás que convengan el trabajador y el patrón.

Despido

El despido del trabajador puede ser justificado o injustificado. Será justificado cuando se configuren en la realidad las causas de rescisión previstas por el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo. El patrón que despida a un trabajador deberá darle aviso escrito en el que señale claramente la conducta o conductas que motivan la rescisión y la fecha o fechas en que se cometieron. El aviso deberá entregarse personalmente al trabajador en el momento del despido o bien, comunicarlo a la Junta de Conciliación y Arbitraje competente para que la Junta lo notifique en forma personal al trabajador.

despido

El despido del trabajador será injustificado cuando el patrón no haya dado aviso al trabajador personalmente o por conducto de la Junta de la terminación de la relación de trabajo. La separación no justificada produce la nulidad del despido. En el caso de despido no justificado, el trabajador ante la Junta de Conciliación y Arbitraje competente, podrá solicitar a su elección que se le reinstale en el trabajo que desempeñaba o que se le indemnice con el importe de tres meses de salario.

Coaliciones, Sindicatos y Huelgas

La Ley Federal del Trabajo establece disposiciones específicas que prevén y regulan a las coaliciones, sindicatos y la huega. La coalición es el acuerdo temporal de un grupo de trabajadores o de patrones para la defensa de sus intereses comunes. El sindicato es la asociación de trabajadores o patrones, constituida para el estudio, mejoramiento y defensa de sus respectivos intereses. La huelga es la suspensión temporal del trabajo llevada a cabo por una coalición de trabajadores.

huelga

Seguridad Social

La seguridad social tiene como objetivo proveer protección y mejorar el bienestar de los trabajadores y de sus familias. Es un derecho humano contemplado por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y por la Declaración Universal de los Derechos Humanos. La legislación aplicable en la materia, tratándose de las relaciones laborales previstas por el artículo 123 apartado A Constitucional, es la Ley del Seguro Social (Ley del IMSS) y su reglamento. Tratándose de las relaciones laborales previstas por el artículo 123 apartado B Constitucional resulta aplicable la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Ley del ISSSTE) y su reglamento. La Seguridad Social abarca riesgos y accidentes de trabajo; enfermedades de trabajo y generales; maternidad; invalidez; retiro; medicina preventiva; servicios médicos y pensiones; guarderías y prestaciones sociales.

Derecho Procesal del Trabajo

La Ley Federal del Trabajo se refiere en su Título Catorce al Proceso del Derecho de Trabajo, el cual será público, gratuito, inmediato, predominantemente oral y conciliatorio, se inicia a instancia de parte. Las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje y de Conciliación y Arbitraje de las Entidades Federativas, serán competentes para conocer de los conflictos que se susciten dentro de su jurisdicción que no sean de la competencia de las Juntas Federales. Las Juntas Federales de Conciliación y Arbitraje, conocerán de los conflictos de trabajo de las ramas industriales, empresas o materias a que se refiere el artículo 527 de la Ley Federal del Trabajo entre las cuales se encuentran las ramas industriales textil, eléctrica, cinematográfica, hulera, azucarera, minera, metalúrgica, de hidrocarburos, petroquímica, cementera y otras; y de las empresas que sean administradas en forma directa o descentralizada por el Gobierno Federal o que ejecuten trabajos en zonas federales, entre otras.

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¿Qué es Derecho Laboral Mexicano?

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Es común que se llegue a confundir esa relación con una relación laboral. O bien, confundir un contrato de prestación de servicios profesionales con un contrato laboral y en virtud de ello el prestador de servicios o quien realiza el trabajo considere que goza de los derechos y prestaciones que tienen los trabajadores conforme a la Ley Federal del Trabajo, lo cual no es así, en esos casos no existirá una relación laboral, pues como se ha mencionado para que exista una relación laboral tiene que existir subordinación, la cual no existe en los contratos de prestación de servicios.

Relaciones Laborales

Las relaciones de trabajo pueden ser: para obra, por temporada o por tiempo determinado o por tiempo indeterminado y en su caso podrá estar sujeto a prueba o capacitación inicial. Si no se establece expresamente, la relación de trabajo será por tiempo indeterminado.

derecho laboral

Resulta conveniente hacer mención que en el año de 2012 se adicionó en la Ley Federal del Trabajo el artículo 38-B que prevé la relación de trabajo para capacitación inicial, que es aquella en la cual se obliga a prestar sus servicios subordinados bajo la dirección y mando del patrón con el fin que adquiera los conocimientos o habilidades necesarios para la actividad para la que va a ser contratado. La duración máxima de este tipo de relación es de tres meses o en su caso hasta de seis meses, cuando se trate de trabajadores para puestos de dirección o gerenciales.

Además las relaciones de trabajo pueden ser consideradas según la naturaleza de las actividades o funciones que desempeña el trabajador y así hablamos de trabajadores de confianza, trabajadores de base o planta. La relación de trabajo puede ser rescindida por el trabajador o el patrón en cualquier tiempo, por causa justificada, sin incurrir en responsabilidad. Algunas de las causas de rescisión de la relación de trabajo previstas por la ley sin responsabilidad por el patrón son: el engaño por parte del trabajador o en su caso el sindicato; incurrir el trabajador en falta de honradez, en actos de violencia, o malos tratos en contra del patrón, sus familiares, del personal administrativo o directivos o de los clientes o proveedores del patrón; revelar el trabajador secretos de fabricación o dar a conocer asuntos de carácter reservado; tener el trabajador más de tres faltas de asistencia; desobedecer el trabajador al patrón o a sus representantes, sin causa justificada; entre otros.

La leyes respectivas y los tratados internacionales de los que México sea parte serán aplicables a las relaciones de trabajo en todo lo que beneficien al trabajador a partir de su entrada en vigor.

Edad Laboral

menores trabajadores

La ley establece expresamente que queda prohibido el trabajo a menores de quince años. Los mayores de quince años pueden prestar libremente sus servicios, sin embargo la ley establece ciertas limitaciones, por ejemplo los mayores de quince años y menores de dieciocho años, no podrán desempeñar actividades peligrosas para su salud, seguridad o moralidad; además no podrán ser contratados cuando no hayan terminado su educación básica obligatoria, salvo los casos que apruebe la autoridad laboral. Los mayores de quince años y menores de dieciséis años necesitan autorización de su padres o tutores y a falta de ellos, del sindicato al que pertenezcan, de la Junta de Conciliación y Arbitraje, del Inspector del Trabajo o de la Autoridad Política.

Los menores trabajadores deben percibir el pago de salarios y pueden ejercitar acciones legales ante las autoridades competentes. El trabajo de los menores queda sujeto a vigilancia y protección especial de las autoridades del trabajo tanto federales como locales. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social creará programas para erradicar el trabajo infantil.

Trabajo de Mujeres

mujer trabajadora

Las mujeres disfrutan de los mismos derechos y tienen las mismas obligaciones que los hombres. La ley, tratándose de las mujeres establece ciertas disposiciones específicas con el propósito de proteger la maternidad; por ejemplo, no podrán desempeñar labores insalubres o peligrosas, trabajo nocturno o industrial después de las 10 de la noche o en horas extraordinarias, cuando se ponga en peligro su salud o la del producto. Además las madres trabajadoras gozarán de periodos de descanso, lactancia, servicios de guardería, entre otros, bajo ciertas condiciones que establece la propia ley.

Contratos Laborales

La ley establece la presunción de la existencia de un contrato y de la relación de trabajo entre el que presta un trabajo y el que lo recibe.

Los contratos de trabajo pueden ser individuales o colectivos. El contrato individual de trabajo es aquel en virtud del cual una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario. El contrato colectivo es el convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y uno o varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones con el objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en una o más empresas o establecimientos.

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¿Qué es Derecho Laboral?

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Derecho Laboral

En el artículo de hoy de Abogados Cabo hablaremos del Derecho Laboral o Derecho del Trabajo en México, que tiene su origen en acontecimientos históricos, políticos y económicos. El artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra los derechos y garantías laborales. La legislación laboral en México se encuentra federalizada, nuestro régimen laboral se encuentra unificado por disposición del artículo 123 constitucional en virtud de que es el Congreso de la Unión, quien tiene la facultad de expedir Leyes sobre el Trabajo.

En el año de 2011 se llevó a cabo la reforma Constitucional al artículo 1 contemplando y garantizando los derechos humanos previstos en los tratados internacionales de los que México es parte. Esta reforma constitucional se hizo extensiva a diversos numerales constitucionales entre ellos los artículos 5 y 123 y en virtud de ello, toda persona tiene derecho a un trabajo digno y socialmente útil o a la profesión, industria o comercio que le convenga siempre que sea lícito. Además la Ley Federal del Trabajo otorga un tratamiento equilibrado al trabajador y patrón en las relaciones laborales.

No obstante ello, el derecho al trabajo tiene ciertas limitaciones que para ser válidas deberán estar contempladas y ser admitidas por la Constitución, un ejemplo lo tenemos en el caso de quienes deseen acceder a un cargo o puesto público o bien permanecer en él, deben cumplir con ciertos requisitos de condiciones e idoneidad que exigen las leyes.

¿Qué es Derecho Laboral?

El artículo 123 Constitucional consta de 2 apartados:

  • El apartado A que rige las relaciones de trabajo entre los obreros, jornaleros, empleados domésticos, artesanos y de una manera general todo contrato de trabajo. La Ley Federal del Trabajo rige las relaciones comprendidas en este apartado.
  • El apartado B que rige las relaciones de trabajo entre los Poderes de la Unión y sus trabajadores. Es aplicable la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Artículo 123 Constitucional.

El derecho laboral es el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones entre el trabajador y el patrón; el contrato de trabajo; las condiciones de trabajo tales como la jornada laboral, el salario, los días de descanso, las vacaciones, entre otras; las formas de terminación de la relación laboral y la seguridad social. De una manera muy general en este apartado nos referimos a estos temas, si deseas conocer más sobre cada uno de ellos, te invitamos a visitar las secciones respectivas dentro de este portal.

Relación Laboral

relación laboral

Para hablar de relación laboral, empecemos por definir quiénes son los sujetos de la relación laboral y qué se entiende por trabajo de conformidad con la Ley Federal del Trabajo. Los sujetos de la relación laboral son el trabajador y el patrón. El trabajador es la persona física que presta a otra persona física o moral, un trabajo personal subordinado. El patrón es la persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores.

El patrón y el trabajador, en virtud de la relación laboral tienen obligaciones recíprocas, la ley contempla como obligaciones del patrón: cumplir con las disposiciones legales; pagar al trabajador salarios e indemnizaciones; proporcionar materiales necesarios para la ejecución del trabajo; proporcionar a las mujeres embarazadas la protección que establezcan los reglamentos; entre otros. Por otro lado, la ley también establece las obligaciones a cargo del trabajador, mencionaremos algunas de ellas: cumplir las disposiciones de las normas legales que les sean aplicables; desempeñar el servicio bajo la dirección del patrón; ejecutar el trabajo con la intensidad, cuidado y esmero apropiados en la forma, tiempo y lugar convenidos; observar buenas costumbres durante el servicio; someterse a los reconocimientos médicos para comprobar que no padecen alguna incapacidad o enfermedad de trabajo, contagiosa o incurable; entre otras.

patrón y trabajador

Se entiende por trabajo, toda actividad humana, intelectual o material, independientemente del grado de preparación técnica requerido por cada profesión u oficio. Ahora bien, la relación de trabajo es la prestación de un trabajo personal subordinado de una persona, mediante el pago de un salario. El salario es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo.

El elemento esencial de la relación laboral es la subordinación, entendida esta como la existencia de un poder jurídico de mando del patrón al cual corresponde un deber de obediencia por parte del trabajador. Los trabajadores, en virtud de una relación laboral están obligados a prestar sus servicios bajo la dirección del patrón. Es importante mencionar que el hecho por el cual una persona presta servicios o realiza un trabajo a favor de otra, recibiendo por ella un pago, no implica necesariamente la existencia de una relación laboral.

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¿Qué es un abogado mercantil y cómo puede ayudarte?

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¿Qué es un abogado mercantil?

Un abogado mercantil, en pocas palabras, es el especializado en la rama del Derecho referida a la regulación del conjunto de normas jurídicas relativas al mundo empresarial.

La figura de este tipo de abogado cada vez está más presente en la sociedad y en los medios de comunicación en general, ya que suelen actuar como asesores de muchas empresas y negocios. Sin embargo, es mucho más que ello, ya que se trata de quien, en diversas ocasiones, guiará al empresario en múltiples procesos. Desde el registro de patentes y cuestiones sobre derechos de marca, hasta temas propios de relaciones laborales, el abogado mercantil es una pieza clave de cualquier empresa.

abogado mercantil

En este contexto, cabe resaltar que el derecho mercantil, también conocido como derecho comercial, es aquella área del derecho privado donde actúan los abogados mercantiles, quienes regulan el ejercicio de las actividades comerciales. Esta rama penal está en constante cambio, por lo que los abogados mercantiles deben estar pendientes y actualizados a las constantes regulaciones por las que atraviesan las relaciones comerciales y otras cuestiones del sector. Asimismo, los profesionales de esta área deben estar en constante formación, sobre todo durante los últimos años, donde las nuevas tecnologías revolucionarán el mundo comercial y empresarial.

¿Cuáles son las funciones de un abogado mercantil?

El abogado mercantil es el encargado de resolver los conflictos empresariales de determinado negocio, como así también de resolver y regular las relaciones entre particulares. A grandes rasgos, el abogado mercantil cumple las siguientes funciones:

Representación de las empresas. 

Esta es una de las principales responsabilidades de un abogado mercantil. Esta representación legal, ya sea de una empresa o de un comerciante particular, no se da necesariamente cuando hay un conflicto, sino que puede comenzar previamente, con el objetivo de eliminar toda posibilidad de un futuro problema. El profesional que actúe como abogado mercantil será quien se pondrá en lugar del cliente en situaciones que, de no controlarse como se debe, pueden devenir en conflictos.

el abogado mercantil representa empresas

Manejo de la documentación empresarial.

El cotejo y clasificación de la documentación sobre la actividad comercial es una de las funciones de un abogado mercantil, como así también la redacción de contratos tanto de trabajadores como de terceras empresas con las que se colaborará.

Asesoramiento en materia comercial. 

Los profesionales en derecho mercantil, gracias a su conocimiento del marco legal que rodea a la empresa o negocio, es el perfil ideal para recibir asesoramiento. El abogado mercantil será el encargado de lograr que el negocio enmarque en los cánones legales.

¿Cómo elegir el abogado mercantil perfecto para tu proyecto?

En Abogados Cabo ofrecemos asesoramiento global en materia mercantil, entre las que se engloba societaria, contractual, la reestructuración de empresas, y procesal. Somos expertos y tenemos mucha experiencia demostrable en este ámbito, por lo que puedes confiar

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En el ámbito societario, ofrecemos cualquier asesoramiento mercantil que requiera la actividad ordinaria o extraordinaria de cualquier empresa desde el momento de su constitución hasta su extinción. Desde servicios de secretariado profesional de sociedades, modificaciones estructurales de sociedades, asesoramiento preventivo de responsabilidad de administradores, operaciones de capital riesgo y asesoramiento y ejecución de operaciones societarias comunes.

Asimismo, dentro del área mercantil contamos con un amplio asesoramiento en materia contractual. Dentro de estos servicios, se encuentran los de redacción o supervisión de acuerdos que van desde la compraventa de empresas (con su pertinente proceso de auditoría legal o due diligence) a la refinanciación de pasivo, pasando por la regulación de Joint Ventures, a la compraventa de carteras de créditos, siempre adaptándonos a las necesidades de nuestros clientes.

Por otra parte, nuestro despacho es especialista en Asesoramiento para empresas familiares que requieren de una dedicación y conocimientos técnicos. Como abogados de empresas familiares entendemos la necesidad del buen entendimiento entre todos los socios y la necesidad de proteger a la empresa siempre, ya sea en el día a día o de cara a una sucesión generacional, tenemos dilatada experiencia en figuras como el protocolo familiar, y en la redacción de acuerdos parasociales.

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En este contexto, nuestra especialización procesal en el área mercantil nos permite afrontar con garantías procedimientos de impugnación de acuerdos sociales, conflictos societarios, responsabilidad de administradores, protección de consumidores y usuarios en cualquier ámbito, así como cualquier otro que por su singularidad podamos englobar dentro del área mercantil, tales como patentes y marcas, agencia, competencia desleal y muchos otros abordajes.

El Derecho Mercantil en el marco de nuestro país

Como bien dijimos anteriormente, el abogado mercantil se maneja en el Derecho Mercantil, el cual a su vez se trata de una parte del Derecho privado.

  1. El Derecho público hace referencia a la estructura y organización estatal y a las relaciones del Estado con los particulares, ejerciendo esas relaciones en un plano de jerarquía superior, como por ejemplo cuando impone una obligación a los ciudadanos mediante una ley. El Derecho público, a su vez, está formado también por dos grandes bloques que son el Derecho Internacional y el Derecho Nacional y este último incluye, a su vez, las siguientes ramas: Derecho Penal, Derecho Procesal, Derecho Constitucional, Derecho Administrativo, Derecho Laboral y Derecho Fiscal o Tributario.

el derecho mercantil

  1. El Derecho privado es aquel que regula las relaciones entre los particulares, o entre los particulares y el Estado cuando éste no lo hace en ejercicio de su poder como autoridad pública, y comprende en España dos grandes ramas: el Derecho civil y el Derecho mercantil.

El Derecho Civil regula la capacidad jurídica de las personas, las relaciones de familia, tales como matrimonio, divorcio y uniones de hecho, las sucesiones, las relaciones de vecindad y patrimoniales, las obligaciones y los contratos entre particulares, entre otros asuntos. El Derecho Mercantil regula la actividad de los comerciantes y sus relaciones comerciales -denominados actos de comercio- así como la creación de las empresas, sus actividades y su extinción. A su vez, las normas que regulan estas dos ramas del Derecho privado están contenidas en el Código Civil y en el Código de Comercio.

Por lo tanto, el Derecho mercantil es un conjunto de normas que se encuadran dentro del Derecho privado, el cual se ocupa de las relaciones entre los particulares, entendiendo por particulares tanto a personas como empresas y entidades que no sean administraciones públicas.

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¿Qué son los Juicios Laborales?

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La acción laboral (juicios laborales) no es más que el derecho de reclamar algo en una relación de trabajo. Si el empleador incumple alguna regla de la legislación laboral, se verá obligado a responder ante una acción laboral.

El juicio laboral es el procedimiento para solicitar en la justicia derechos materiales violados por el empleador, o sea, el no cumplimiento de las leyes que amparan al trabajador o las que se establecieron en contrato de trabajo.

En el proceso del trabajo el juicio laboral también es denominado como reclamo laboral, disidencia laboral, siendo más usual el término acción laboral.

La reclamación laboral se utiliza para tutelar el derecho material violado por las partes dentro de un contrato de trabajo o empleo.

jucio-laboral

¿Quién puede dar entrada o inicio a una acción laboral?

Puede dar inicio a una acción aquel que sintió que sus derechos laborales fueron lesionados, no cumplidos, o quienes sufrieron acoso moral.

Elementos de la Acción

  • Los elementos de la acción son: los sujetos, el objeto y la causa de pedir.
  • Sujetos son aquellos que tienen capacidad de figurar como parte en el proceso laboral.
  • Por lo tanto, son sujetos, el empleado, el empleador, así como sus representantes legales (cuando el empleado es menor de edad), sindicatos de clase (en las acciones colectivas).
  • El objeto, a su vez, es el pedido a ser formulado por el reclamante.
  • La causa de pedir es el propio derecho material violado.

En cuanto al número de reclamantes:

  • Individuos o colectivo
  • En cuanto a la providencia jurisdiccional:
  • Acciones de conocimiento
  • Condenatorias (búsqueda de título judicial, por ejemplo: vacaciones)
  • Constitutivas (creación, modificación o extinción de determinada relación jurídica,por ejemplo: estipulación de salario)
  • Declaraciones (declara la existencia o inexistencia de una relación jurídica)
  • Acciones ejecutivas
  • Acciones cautelares (CPC: producción anticipada de prueba, secuestro, etc.)

Clasificación de las acciones individuales

Sobre el procedimiento:

  • Proceso ordinario
  • Proceso SumarioA y sumarísimo
  • Proceso especial
  • Condiciones de la acción
  • Posibilidad jurídica de la solicitud – el autor debe estar amparado por norma de derecho material;
  • Interés de actuar – interés en recurrir al poder judicial para la solución del conflicto;
  • Legitimidad de parte (o ad causan) – persona interesada en la demanda.

Petición inicial

La Petición inicial es el instrumento procesal utilizado para ingresar con la acción laboral, o sea, provocar la tutela jurisdiccional del Estado.

Se permite al empleado juzgar reclamación laboral sin el amparo de abogado, en virtud del instituto del «juspostulandi».

La petición inicial puede ser verbal o escrita.

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Requisitos de la Petición Inicial

1) Direccionamiento:

la petición inicial debe dirigirse al juez del trabajo, o al juez de derecho en las localidades donde no hayan oficinas de la inspectoría del trabajo;

2) Calificación:

En el proceso del trabajo las partes se denominan reclamante y reclamado. En la calificación del reclamante (siendo el empleado) debe contener el nombre completo, estado civil, nacionalidad, profesión, número del registro de identificación fiscal (número y serie), así como la dirección completa. En la calificación del reclamado debe constar su nombre completo, número del registro de identificación fiscal y dirección completa, ya que su notificación será hecha por correo;

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3) Hechos:

La narración completa de los hechos que dieron origen al derecho, no es necesaria la fundamentación jurídica.

4) Solicitud:

Es la pretensión del reclamante.

5) Valor de la causa:

es indispensable en el proceso del trabajo, pues es el valor dado a la causa que determina qué procedimiento se utilizará en la demanda, ordinario o sumarísimo;

6) Firma:

La petición inicial debe contener también la fecha y firma del reclamante o su representante. Cuando la solicitud sea neta, el valor de la causa será la suma de las solicitudes. Cuando es ilícito, el valor de la causa será estimativo.

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