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Necesito un Abogado para registrar Propiedad Intelectual

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En Abogados Cabo contamos con abogados especialistas en Propiedad Intelectual y aseguramos un conocimiento amplio y estratégico en conflictos de marcas y negocios en los que la propiedad digital, creativa y propiedad industrial (entre otras, como marcas, patentes, diseños, programas, etc.) son la clave del valor del negocio. El derecho de marcas y lo más importante sobre los signos distintivos

Contratos entre Marcas

En el día de hoy, una de las principales estrategias para asegurar el crecimiento de un negocio, marca, y entrar en nuevos mercados, es el uso de los contratos entre marcas, las colaboraciones estratégicas y la interacción entre empresas con diferentes públicos. Es la manera más rápida de crecer en nuevos nichos de mercado, hazme caso. De la mano de un partner que te ayude a vender autoridad y confianza en el nuevo mercado, y sobre todo, que entre las dos marcas, aumenten el valor de la otra al estar apoyando la misma causa.

Es una de las estrategias más usadas entre las grandes marcas, por ejemplo, cuando Zara o cualquier otra marca de ropa colabora con Marvel, Disney, DC, Pokémon, etc. para utilizar diseños o logotipos en prendas de vestir, se debe a una colaboración entre marcas. De esta colaboración entre marcas, una consigue vender a un nuevo nicho de usuarios y consumidores que son seguidores de la marca que pone los diseños, y la segunda, además de ingresos por ventas, obtiene visibilidad y mayor reconocimiento frente a un público que ve reforzado el valor de la marca colaboradora. Una marca puede protegerse registrándola, esto es, presentando solicitudes de registro en la oficina correspondiente de Registro de Marcas.

Abogado para contratos de Propiedad Intelectual y marcas

El valor de las decisiones que puedes hacer en un negocio, es incalculable. Pero la clave no estará solo en la decisión de colaborar, sino en la negociación del acuerdo y la plasmación de las cláusulas en el contrato. Aquí, no sirve cualquier abogado, pues no estamos hablando de un contrato de arrendamiento de un local, vivienda, etc. Sino que hablamos de un contrato que puede significar el éxito o ruina de un negocio, y la clave del éxito, estará en la propiedad intelectual de las marcas.

Conflictos penales, civiles y administrativos de Marcas

Como en todos los ámbitos, los conflictos llegan, y dependiendo de su contenido, pueden ser civiles (infracción de los derechos del titular de una marca, por ejemplo, por que la han utilizado sin autorización o se han aprovechado de su reputación).

Delitos y conflictos penales (como son las falsificaciones, plagios, etc.).

Y los problemas con los registros y las oficinas de Marcas, donde el futuro de tu marca puede cambiar de un día para otro si no tienes en cuenta la importancia de las solicitudes de registro, las publicaciones en boletines, y la importancia de proteger las marcas registradas.

Servicios del abogado de Marcas

Como especialistas, trabajamos con personas que necesitan protección de sus derechos de marca, por ejemplo, porque necesitan registrarla para blindar sus negocios, productos o servicios.

El derecho de autor relacionado con una Marca

Cuando están relacionados, también trabajo en la protección de los derechos de autor y derechos conexos, ya que en muchas ocasiones, la marca utiliza la creatividad de las personas que trabajan con ella.

El derecho de imagen de las personas que trabajan con la Marca

Reclamaciones por derechos de imagen, intimidad y privacidad. Que pueden tener el objetivo de dañar el valor de un negocio y por lo tanto, afectar a la valorización de su marca.

Marcas digitales

Nos especializamos también en los negocios digitales, donde las marcas sufren más el olvido y desconocimiento de las empresas, y es aquí, donde ayudo a los negocios y titulares de marca a mantener el valor y derecho de marca.

Marcas en Redes Sociales

Si tienes perfiles en redes sociales, o tu negocio hace marketing, promoción o vende directamente en Internet, sabrás la importancia de proteger los nombres de tus perfiles, página, tienda online, y por supuesto, que no existan imitadores y competidores desleales. En los conflictos en redes sociales, el abogado especializado en marcas, puede ayudar aumentando las garantías de éxito y asesorando en la preparación de pruebas y documentos para una reclamación.

¿Estás en Baja California Sur, México? Todos Santos, Los Cabos, La Paz, Loreto, San José Del Cabo, Los Cabos, El Pescadero… ¿Estás en Nuevo León, México? Apodaca, Cadereyta Jiménez, El Carmen, García, San Pedro Garza García, General Escobedo, Guadalupe, Juárez, Monterrey, Salinas Victoria, San Nicolás de los Garza, Santa Catarina y Santiago… 

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por qué delitos pueden condenar a una empresa

¿Por qué delitos pueden condenar a las empresas en México?

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  1. De la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los previstos en los artículos 9, 10, 11 y 15;

VII. Contrabando y su equiparable, previstos en los artículos 102 y 105 del Código Fiscal de la Federación;

VIII. Defraudación Fiscal y su equiparable, previstos en los artículos 108 y 109, del Código Fiscal de la Federación;

  1. De la Ley de la Propiedad Industrial, los delitos previstos en el artículo 223;
  2. De la Ley de Instituciones de Crédito, los previstos en los artículos 111; 111 Bis; 112; 112 Bis; 112 Ter; 112 Quater; 112 Quintus; 113 Bis y 113 Bis 3;
  3. De la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, los previstos en los artículos 432, 433 y 434;

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XII. De la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, los previstos en los artículos 96; 97; 98; 99; 100 y 101;

XIII. De la Ley del Mercado de Valores, los previstos en los artículos 373; 374; 375; 376; 381; 382; 383 y 385;

XIV. De la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, los previstos en los artículos 103; 104 cuando el monto de la disposición de los fondos, valores o documentos que manejen de los trabajadores con motivo de su objeto, exceda de trescientos cincuenta mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal; 105; 106 y 107 Bis 1;

  1. De la Ley de Fondos de Inversión, los previstos en los artículos 88 y 90;

XVI. De la Ley de Uniones de Crédito, los previstos en los artículos 121; 122; 125; 126 y 128;

XVII. De la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, los previstos en los artículos 110; 111; 112; 114 y 116;

XVIII. De la Ley de Ahorro y Crédito Popular, los previstos en los artículos 136 Bis 7; 137; 138; 140 y 142;

XIX. De la Ley de Concursos Mercantiles, los previstos en los artículos 117 y 271;

  1. Los previstos en el artículo 49 de la Ley Federal para el Control de Sustancias Químicas Susceptibles de desvío para la fabricación de Armas Químicas;

XXI. Los previstos en los artículos 8, 9, 14, 15, 16 y 18 de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, y

XXII. En los demás casos expresamente previstos en la legislación aplicable.

Las empresas por los delitos descritos podrán ser condenadas a:

a) Suspensión de actividades, por un plazo de entre seis meses a seis años.

b) Clausura de locales y establecimientos, por un plazo de entre seis meses a seis años.

c) Prohibición de realizar en el futuro las actividades en cuyo ejercicio se haya cometido o participado en su comisión, por un plazo de entre seis meses a diez años.

d) Inhabilitación temporal consistente en la suspensión de derechos para participar de manera directa o por interpósita persona en procedimientos de contratación o celebrar contratos regulados por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como por la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas, por un plazo de entre seis meses a seis años.

e) Intervención judicial para salvaguardar los derechos de los trabajadores o de los acreedores en un plazo de entre seis meses a seis años.

Cabe señalar que además de las penas descritas, las empresas (dueños y socios) responderán con su patrimonio por la reparación del daño causado con la comisión del delito respectivo, además de las penas que en lo particular se puedan imponer por la participación en el hecho punible por parte de las personas físicas.

Es importante señalar que, en todos los supuestos, las sanciones podrán atenuarse hasta en una cuarta parte, si con anterioridad al hecho que se les imputa, las personas jurídicas contaban con un órgano de control permanente, encargado de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales aplicables para darle seguimiento a las políticas internas de prevención delictiva y que hayan realizado antes o después del hecho que se les imputa, la disminución del daño provocado por el hecho típico.

En razón de lo anterior es importante que acuda con nosotros a Abogados Cabo, a efecto de efectuar un debido análisis de las estructuras internas de la empresa, y en caso de no contar con uno o ser este deficiente, estructurar un órgano de control interno y así evitar que su persona y patrimonio se vean afectados por el descuido e indebido control de sus subordinados, o en caso de ya estar siendo procesados por cualquiera de los delitos señalados, brindar una oportuna defensa.

¿Estás en Baja California Sur, México? Todos Santos, Los Cabos, La Paz, Loreto, San José Del Cabo, Los Cabos, El Pescadero… ¿Estás en Nuevo León, México? Apodaca, Cadereyta Jiménez, El Carmen, García, San Pedro Garza García, General Escobedo, Guadalupe, Juárez, Monterrey, Salinas Victoria, San Nicolás de los Garza, Santa Catarina y Santiago… 

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¿Por qué delitos pueden condenar a las empresas?

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  • La Nación, los Estados y los Municipios;
  • Las demás corporaciones de carácter público reconocidas por la ley;
  • Las sociedades civiles y mercantiles;
  • Los sindicatos, las asociaciones profesionales y las demás a que se refiere la fracción XVI del artículo 123 de la Constitución Federal;
  • Las sociedades cooperativas y mutualistas;
  • Las asociaciones distintas de las enumeradas que se propongan fines políticos, científicos, artísticos, de recreo o cualquiera otro fin lícito, siempre que no fueren desconocidas por la ley.
  • Las personas morales extranjeras de naturaleza privada, con capacidad para ser titular de derechos y obligaciones.

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Aunque todas las personas morales enumeradas tienen derechos y obligaciones y por ende pueden incurrir en responsabilidades, para efecto del presente artículo nos enfocaremos en las que son de carácter privado, es decir las enumeradas de las fracciones 3 a 7, a las cuales simplemente denominaremos “EMPRESAS”.

Conforme derecho todas las Empresas obran y se obligan por medio de los órganos que las representan sea por disposición de la ley o conforme a las disposiciones relativas de sus escrituras constitutivas y de sus estatutos, dichos entes privados usualmente constituyen administración mediante un órgano de administración (consejo) o un administrador general único. Las personas morales tienen su domicilio en el lugar donde se halle establecida su administración, y en caso de estar constituidas en el extranjero, si efectúan operaciones en México, deben constituir un domicilio en nuestro país.

Conforme la legislación penal, podrán cometer por parte de la empresa cualquiera de las conductas tipificadas como delitos, aquel que tiene el carácter de consejero, administrador, funcionario, empleado, apoderado o prestador de servicios de cualquier persona moral, durante el tiempo que labore con la misma. En los delitos relacionados con operaciones con recursos de procedencia ilícita, también será responsable la empresa si alguno de los enumerados comete el ilícito dentro de los dos años siguientes de haberse separado de alguno de dichos cargos.

qué delitos condenan a una empresa

En caso de la comisión de algún delito imputable a la empresa, están obligados a reparar el daño los dueños de las empresas, así como sus socios (también podrán responder de manera subsidiaria los gerentes directores en los mismos términos en que, conforme a las leyes, sean responsables).

Pero ¿en qué delitos puede ser participe una empresa?, conforme el artículo 11 Bis del Código Penal Federal (cuya última reforma se publicó el día 09 nueve de marzo del año 2018 en el D.O.F.), las empresas podrán intervenir en la comisión de los siguientes delitos:

  1. De los previstos en el Código Penal Federal, en:
  2. Terrorismo (artículos 139 al 139 Ter y terrorismo internacional previsto en los artículos 148 Bis al 148 Quater);
  3. Uso ilícito de instalaciones destinadas al tránsito aéreo (artículo 172 Bis);

III. Contra la salud (artículos 194 y 195);

  1. Corrupción de personas menores de 18 años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo (artículo 201);
  2. Tráfico de influencia (artículo 221);
  3. Cohecho (artículos 222, fracción II, y 222 bis);

falsificación de dinero

VII. Falsificación y alteración de moneda (artículos 234, 236 y 237);

VIII. Contra el consumo y riqueza nacionales (artículo 254);

  1. Tráfico de menores o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho (artículo 366 Ter);
  2. Comercialización habitual de objetos robados (artículo 368 Ter);
  3. Robo de vehículos, posesión, comercio y tráfico de vehículos robados (artículos 376 Bis y 377);

XII. Fraude (artículo 388);

XIII. Encubrimiento (artículo 400);

XIV. Operaciones con recursos de procedencia ilícita (artículo 400 Bis);

  1. Contra el medio ambiente (artículos 414, 415, 416, 418, 419 y 420);

XVI. En materia de derechos de autor (artículo 424 Bis); federal, en:

derechos de autor

  1. De los delitos establecidos en los siguientes ordenamientos:
  2. Acopio y tráfico de armas, previstos en los artículos 83 Bis y 84, de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos;
  3. Tráfico de personas, previsto en el artículo 159, de la Ley de Migración;

III. Tráfico de órganos, previsto en los artículos 461, 462 y 462 Bis, de la Ley General de Salud;

  1. Trata de personas, previsto en los artículos 10 al 38 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos;
  2. Introducción clandestina de armas de fuego que no están reservadas al uso exclusivo del Ejército, Armada o Fuerza Aérea, previsto en el artículo 84 Bis, de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos;

Continúa leyendo aquí: https://abogadoscabo.com/por-que-delitos-pueden-condenar-a-las-empresas-en-mexico/

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Cómo proteger tu patrimonio personal cuando tienes un negocio

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Evita que la responsabilidad de tu actividad empresarial afecte tu patrimonio personal. En Abogados Cabo sabemos que ser administrador o directivo de una empresa es una labor que requiere conocer los riesgos a los que te expones, entre ellos la posibilidad de perder tu patrimonio personal. Existen tres tipos de responsabilidad: por daños, por deudas sociales o por deudas tributarias.

Responsabilidad por Daños

En el primer grupo se enmarcan los daños a la sociedad, sus socios o terceros, causados en el ámbito de la gestión de la sociedad y cuyo origen está en actos u omisiones del administrador, ya sean negligentes, por falta de diligencia o ilícitos. De demostrarse la culpa del administrador, este deberá responder personalmente con sus bienes.

Responsabilidad por Deudas Sociales

Incurrirás en responsabilidad por deudas sociales en el supuesto de no adaptar la sociedad a la legislación que la regula o por no disolverla cuando existen motivos legales o estatutarios. Si ocurre, deberás responder con tu patrimonio solidariamente junto con la empresa y no es necesario demostrar tu culpa.

Responsabilidad por Deudas Tributarias

El último grupo lo forman la responsabilidad por deudas tributarias contraídas con la administración: sanciones o deudas. De su pago responderás solidariamente y sin necesidad de que previamente se declare la insolvencia de la empresa.

¿Cómo proteger el patrimonio de los administradores?

Si puedes permitírtelo, es mejor que constituyas tu negocio como una empresa de responsabilidad limitada. Esto es, tu responsabilidad económica se reduce al capital y los bienes de la empresa. Si tu negocio va mal, podrán quitarte aquello que esté registrado a nombre de la empresa, pero no al tuyo. (siempre y cuando no se demuestre que hay una negligencia por parte del administrador, en cuyo caso responderá con su patrimonio personal).

Separación / donación de bienes

Si estás casado y te dedicas a una actividad profesional o empresarial te recomendamos tramitar la separación de bienes. De esta forma tu patrimonio personal quedará a salvo de la buena o mala gestión de la actividad empresarial, tanto si eres persona física como sociedad, porque si está en favor de tu cónyuge e hijos, tus acreedores no podrán ir contra el patrimonio personal para cobrar las deudas que les haya podido dejar la sociedad pendiente de pago.

Otro consejo es ser titular de aquellos bienes estrictamente necesarios (cuenta de la actividad, plan de pensiones, seguro IT autónomo y poco más) ya que la consecuencia de que todo esté a tu nombre, o de tu Administrador, es que en caso de haber problemas tendrás que responder con tu patrimonio personal.

Contratar un Seguro de Responsabilidad Civil por Errores u Omisiones

En caso de trabajar como administrador o directivo, nuestro patrimonio personal está íntimamente ligado con la actividad empresarial porque respondemos con todos nuestros bienes. Por tanto, si ejerces estos cargos de responsabilidad, sería importante contratar un seguro de Responsabilidad Civil para proteger nuestros errores o los de nuestros empleados. Además de éste, resulta conveniente tener otros seguros ligados a la actividad tales como: seguro del local de negocio, seguro de convenio colectivo para los trabajadores, seguro Incapacidad Temporal para autónomos…

contrato responsabilidad civil por errores u omisiones

Por otro lado, adaptar tu empresa a las exigencias de la legislación en materia de protección de datos de carácter personal, no es suficiente. Los daños ocasionados por el uso inadecuado de este tratamiento o custodia te pueden hacer incurrir en responsabilidad frente a los perjudicados, así como en el pago de sanciones impuestas por el INAI.

Si tu actividad empresarial requiere del tratamiento y de la custodia de datos de carácter personal, ya sean de empleados, de clientes o terceros, resulta conveniente contratar un seguro en materia de protección de datos.

Independiza cada sociedad

Intenta que cada sociedad, según la actividad empresarial que desarrolle, esté individualizada respecto de las demás. Esto ayudará a que la responsabilidad quede circunscrita a la empresa que actúa en el tráfico mercantil sin arrastrar a las demás. Si no lo hacemos, siempre responderá la matriz e incluso el Administrador de la sociedad si no ha actuado diligentemente, lo que puede llevar a tener que pagar con nuestro patrimonio personal.

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Multas por mal uso de datos personales

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¿Sabías que por no respetar la privacidad de datos personales, tu empresa puede ser multada hasta por 27 millones de pesos? En Abogados Cabo sabemos que a nivel mundial, la información personal que se comparte en internet (sobre todo en redes sociales) vale mucho dinero y es posible que conforme pase el tiempo siga incrementando su importe. No en vano todos los esfuerzos para regular el buen uso que se le da a este bien intangible: en México, desde 2001 se presentaron iniciativas y fue en 2009 cuando la privacidad de datos se hizo una realidad.

Con el paso de los años, las leyes se han actualizado para controlar mejor las posibilidades digitales que surgen: ¿a qué se le considera un dato sensible, cómo se decide si alguien “consintió” o no compartir su información…?

Sin embargo, al tratarse de un tema en constante cambio es posible que muchas nuevas normatividades se desconozcan. 

multas por hacer mal uso de datos personales

En nuestro país contamos con dos ordenamientos indispensables para estar actualizados en el tema: la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP), la cual se dirige a personas físicas o morales de carácter privado (y en la que ahondaremos más: OCCMundial, servicios, empresas) y la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (LGPDPPSO), aplicable a entidades gubernamentales.

Al usar un servicio, se está sujeto a un aviso de privacidad y a términos y condiciones. Es posible que muchas veces cuando estás a punto de usar un producto o servicio digital, sobre todo en la “creación de una cuenta nueva” veas en la página de registro un texto que dice “he leído y aceptado los términos y condiciones”.

Lo ideal y siempre recomendado es leer esa información, ya que ahí se establecen varios lineamientos a seguir; no obstante, es muy común que en todas partes del mundo eso no se haga: se pasa por alto esa información. Lo malo de esta práctica es que al no acatar alguno de esos acuerdos se pueden acarrear problemas por mero desconocimiento.

Podrías tener problemas por este tipo de acciones

El hacer un mal uso de los datos personales, ya sea con o sin intención, con o sin conocimiento, puede traer graves problemas para la empresa y para la persona que los realiza.

multas privacidad datos personales

¿Cuáles son las multas actuales en México por no proteger o hacer mal uso de los datos personales?

De acuerdo con la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (artículos 63 y 64) y el sitio IDC Online, actualmente estas son las sanciones por incumplir la reglamentación:

De $8,688 a $13,900,800 (equivalencia de 100 a 160,000 veces el valor de la UMA) por:

 

  • No cumplir con la solicitud del titular para el acceso, rectificación, cancelación u oposición al tratamiento de sus datos personales, sin razón fundada
  • Actuar con negligencia o dolo en la tramitación de solicitudes de acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos personales
  • Declarar dolosamente la inexistencia de datos personales, cuando exista total o parcialmente en las bases de datos del responsable
  • Dar tratamiento a los datos personales en contravención a los principios establecidos en la LFPDPPP
  • Omitir en el aviso de privacidad alguno o todos los elementos a que se refiere el artículo 16 de la LFPDPPP
  • Mantener datos personales inexactos cuando resulte imputable al responsable, o no efectuar las rectificaciones o cancelaciones de los mismos que legalmente procedan cuando resulten afectados los derechos de los titulares
  • No cumplir con el apercibimiento a que se refiere la fracción I del artículo 64 de la LFPDPPP
multas por uso inadecuado de datos personales

Y de $17,376 a $27,801,600 (equivalencia de 200 a 320,000 veces el valor de la UMA) por:

 

  • Incumplir el deber de confidencialidad establecido en el artículo 21 de la LFPDPPP
  • Cambiar sustancialmente la finalidad originaria del tratamiento de los datos
  • Transferir datos a terceros sin comunicar a estos el aviso de privacidad que contiene las limitaciones a que el titular sujetó la divulgación de los mismos
  • Vulnerar la seguridad de bases de datos, locales, programas o equipos, cuando resulte imputable al responsable
  • Llevar a cabo la transferencia o cesión de los datos personales, fuera de los casos previstos en la LFPDPPP
  • Recabar o transferir datos personales sin el consentimiento expreso del titular, en los casos en que este sea exigible
  • Obstruir los actos de verificación de la autoridad
  • Recabar datos en forma engañosa y fraudulenta
  • Continuar con el uso ilegítimo de los datos personales cuando se ha solicitado el cese del mismo por el instituto o los titulares
  • Tratar los datos personales de manera que se afecte o impida el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición establecidos en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
  • Tratándose de infracciones cometidas en el tratamiento de datos sensibles, las sanciones podrán incrementarse hasta por dos veces los montos establecidos. Además, la persona que cometa las faltas puede ser ingresada a la cárcel hasta por 10 años.
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¿Cuáles son nuestras recomendaciones?

No uses los datos privados para fines ajenos a los que aceptas en los términos y condiciones de cualquier empresa o página de internet, y también será bueno mantener actualizado a tu equipo de trabajo, para que no cometan alguna infracción por mero desconocimiento.

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