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¿Qué es un juicio?

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El juicio es el acto presidido por el juez en el que las partes exponen de manera oral sus pretensiones y se practica la prueba quedando el pleito visto para sentencia.

Los juicios son el lugar y el momento procesal donde se desarrollan las versiones escritas contradictorias de las partes y donde se practica la prueba. Las pruebas que se desarrollan durante el juicio son los interrogatorios de las partes (demandado y demandante) peritos, de testigos, proyecciones audiovisuales, informes orales y todas aquellas pruebas admitidas.

En este acto se exponen oralmente los argumentos de las partes intentando que el juez o tribunal dicte sentencia a favor. El acto del juicio finaliza con las conclusiones de cada una de las partes una vez practicadas las pruebas.

qué es un juicio

¿Cuándo se realiza el juicio?

El momento procesal oportuno para el día de juicio es señalado por el tribunal una vez que entiende que es necesario celebrar esta vista oral.

El orden habitual de un proceso judicial sería el siguiente:

  1. Interposición de la demanda
  2. Traslado de la demanda al demandado
  3. Contestación a la demanda
  4. Audiencia Previa / vista
  5. Juicio
  6. Sentencia
  7. Posibles recursos

El juicio se desarrolla una vez que han quedado por escritos los argumentos contradictorios de las partes. Es decir, una vez solicitada la práctica de la prueba que debe ser realizada de forma presencial y delante de todas las partes.

Necesidad de juicio

No en todos los procesos judiciales es necesario que se celebre el juicio. Por ejemplo, en aquellos casos donde las partes entienden que no es necesario ir a juicio ya que no hay pruebas que practicar y basta con los argumentos escritos, el juicio no se celebrará.

Esto ocurre en los juicios verbales, que tratan temas de menor cantidad. El tribunal con los escritos dictará sentencia.

Dependiendo de la jurisdicción donde se encuadre el conflicto, el desarrollo del acto judicial llevará un orden distinto.

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En la jurisdicción civil el orden en el que se desarrolla el juicio es el siguiente:

  1. Práctica de la prueba admitida por el juez con el siguiente orden.
  • Interrogatorio de las partes.
  • Documentos públicos y privados.
  • Dictamen de peritos.
  • Interrogatorio de testigos.
  1. Conclusiones de las partes, resumiendo sus pretensiones y la conclusión de las pruebas practicadas en el acto de vista.

No obstante, los actos judiciales pueden ser evitados por negociación o conciliación anterior a la celebración de la vista, lo que suspenderá ésta por acuerdo extrajudicial que elimina la controversia que debía someterse a resolución judicial.

Tipos de juicios

Dependiendo de en qué jurisdicción esté el conflicto (civil, penal, mercantil) existen diversos tipos de juicios.

Juicio civil

Existen juicios monitorios, verbales u ordinarios. Se diferencia por el tipo de pretensión que se pida y por la cantidad de dinero.

Juicio penal

En el caso de la jurisdicción penal, hay juicios rápidos, ordinarios y con jurado popular. La materia marca la diferencia ya que en los juicios rápidos se solucionan la comisión de delitos leves.

Juicios contencioso-administrativo

Solo solucionan conflictos referidos al derecho público de la administración y no se puede acudir sin antes haber agotado todas las vías administrativas disponibles.

Juicios laborales

Para llegar al acto del juicio que solucione los conflictos en el ámbito laboral, es necesario intentar una conciliación previa, sin la cual no se puede acudir ante el juez.

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¿Necesito un abogado para responder a una Demanda?

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¿Cómo responder a una demanda?

Afrontar una demanda puede ser una experiencia muy estresante. En primer lugar, no se limite a ignorar la demanda.

Contestar la demanda es el primer y más importante paso en el juicio. Si no ofrece una respuesta oportuna, la persona que presentó la demanda contra usted puede ganar el juicio.

Al introducir una respuesta a la demanda, comienza a defenderse a sí mismo, y está diciéndole al tribunal que refuta las acusaciones que aparecen en su contra. Esto obliga al demandante a comprobar su caso y le da al demandado su “día en el tribunal”.

abogado para responder demanda

No es un requerimiento contratar los servicios legales de un abogado para defenderse de una demanda. Sin embargo, dependiendo del tipo de reclamo y de los daños del acusado, la asesoría de un abogado es importante.

Los tipos de demandas más comunes están relacionados a lesiones personales, derecho de familia, cobranza de deudas, negligencia, negación de atención médica, compañías de seguro reclamando algún daño, difamación, entre otras.

Acudir a un juicio por una demanda personal o una demanda colectiva sin ayuda legal y sin preparación es riesgoso. Los pasos más recomendables para responder a una demanda son los siguientes:

PASO 1 – Consulte a un abogado de demandas

Un abogado especializado en la defensa contra el tipo de demanda que le ha sido notificada es su mejor herramienta de protección. Contrate a un abogado que conozca los procedimientos relacionados con el tipo de demanda que enfrenta. Su abogado le puede ayudar a presentar argumentos persuasivos para su defensa delante del juez o jurado. Un abogado también puede resolver el caso fuera de los tribunales.

PASO 2 – Determine cuándo debe dar la respuesta

Las respuestas a una demanda se dan dentro de un tiempo determinado. Es importante verificar la fecha y cuánto tiempo le queda para hacerlo. En la primera página del citatorio se incluye el último día límite para presentar una respuesta. Si no está familiarizado con estos documentos, un abogado puede hacer lo siguiente:

abogado de demandas

Determinar si debe responder dentro de veinte o treinta días, lo normal. Pero algunos casos de demandas tienen plazos muy cortos; por ejemplo, hay juicios de desalojo que tienen un período de tres o cinco días de plazo para responder.

  • Llamar al secretario del juzgado para obtener más información acerca de la fecha límite. Es muy importante no esperar hasta el último momento para contactar a un abogado, ya que se necesita tiempo para preparar una respuesta apropiada. 

PASO 3 – Decida qué tipo de respuesta presentar

Una respuesta es un documento escrito en el que el acusado admite, o niega los cargos de la petición del demandante, y expone los motivos por los cuales el acusado no es responsable. Cualquier información contenida en la denuncia y que no se rechace en una respuesta, el tribunal la considera como verdadera. Existen muchas estrategias para dar respuestas a una demanda en un tribunal. Un abogado experto en la defensa de demandas va a encontrar la mejor solución para su caso, y según la naturaleza específica del reclamo. 

Por ejemplo, un abogado puede decirle si usted debe:

  • Optar por una moción para transferir el pleito a un nuevo centro, o para eliminar un servicio inadecuado del proceso, o una excepción perentoria, donde declare que los cargos no son suficientes para que el demandante lo demande, u otro tipo de respuesta.
  • Examinar todas las defensas afirmativas. Esto es cualquier declaración de hecho o de derecho que sería una defensa contra las acusaciones, y deben ser planteadas en la respuesta, o de lo contrario se considera que se está renunciando a ellas, y el demandado no podrá usarlas más tarde. 

abogado para demandas

Los ejemplos más comunes de defensa afirmativa incluyen:

  • Estatuto de plazos: Periodo de tiempo permitido por la ley para declarar que la demanda ha expirado.
  • Asunción de riesgo: Cuando el demandante, a sabiendas, se expuso a sí mismo al peligro o daño.
  • Acuerdo y satisfacción: Cuando las partes resuelven la controversia.

PASO 4 – Enviar una copia de la respuesta al demandante

Una copia de la respuesta que ha presentado ante el órgano jurisdiccional debe ser enviada al demandante y a su abogado. La mayoría de los tribunales requieren que se presente una prueba de notificación al tribunal.

PASO 5 – Inicio de conversaciones

Después de presentar una respuesta a la demanda, su abogado comienza un proceso de comunicación a través del abogado del demandante para explorar las posibilidades de solución. Mientras tanto, las partes participarán en la fase de descubrimiento, esto significa un intercambio de información importante sobre el problema que generó la demanda.

Durante este tiempo su abogado hace lo siguiente:

  • Acude a las audiencias programadas con el juez para tratar de mantener el caso en movimiento.
  • Negocia para llegar a un arreglo. La mayoría de los casos se resuelven fuera del tribunal.
  • Se prepara para el juicio. Si no hay solución aceptable, entonces todo se soluciona en un juicio, donde el juez y el jurado deciden sobre el caso.
  • Optar por los servicios legales de un abogado para responder a su demanda es una decisión muy personal. En una consulta inicial usted podrá hablar con su abogado sobre el tipo de casos que maneja, los honorarios y cuánto tiempo tardará en resolver el problema, incluso sobre cómo será la relación abogado cliente. Y si le preocupa su reputación durante la demanda, un abogado calificado va a mantener su información confidencial resguardada.

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fraude cibernético

Fraudes Cibernéticos

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Cuida tu información en la red

En el artículo de hoy en Abogados Cabo hablaremos del Fraude Ciberético. Se conoce como fraude cibernético a aquellas estafas que utilizan la red, para realizar transacciones ilícitas.

Muchas veces las personas que realizan este tipo de fraudes, se aprovechan del desconocimiento o del poco cuidado que las personas tienen al utilizar los servicios financieos en línea, convirtiéndose en un blanco fácil para los estafadores.

Correo basura

spam

También conocido como SPAM, se trata de un mensaje enviado a varios destinatarios que usualmente no lo solicitaron, con fines publicitarios o comerciales.

La información de dicho correo te invita a visitar una página o descargar algún archivo que por lo general es un virus que roba la información de tu dispositivo.

¿Cómo evitarlo?

  • Instala en tu computadora o dispositivo móvil un buen antivirus.
  • No des «clic» o abras vínculos sospechosos.
  • Si descargas aplicaciones, realízalo por medio de las tiendas y desarrolladores oficiales
  • Smishing
  • En este tipo de fraude, te envían mensajes SMS a tu teléfono móvil con la finalidad de que visites una página web fraudulenta. Esto con el fin de obtener tu información bancaria, para realizar transacciones en tu nombre.

Phishing

phishing

También conocido como suplantación de identidad, en este tipo de fraude el objetivo es que al hacerse pasar por una Institución Financiera, con un mensaje indicándote un error en tu cuenta bancaria, y al ingresar tus datos, obtienen tu información confidencia como: números de tus tarjetas de crédito, claves, datos de cuentas bancarias, contraseñas, etc.

¡Aguas! Si caes en la trampa, con tus datos pueden hacer compras o solicitar créditos a tu nombre, realizar transferencias y hasta vaciar tus cuentas. Recuerda que las personas que realizan este tipo de fraudes son hábiles y te engañan con tácticas alarmistas o solicitudes urgentes para preocuparte y evitar que pienses bien la situación.

También existe el phishing telefónico (vishing), en donde los delincuentes simulan ser empleados de alguna institución y generalmente te convencen al decirte que tus cuentas están registrando cargos irregulares o que requieren alguna información, evita proporcionarles tus datos y llama directamente a la Institución Financiera para corroborar la información.

  • Llega en correos masivos.
  • Utilizan la imagen oficial de alguna Institución Financiera.
  • Te dicen que hay algo mal con tu cuenta y que requieres actualizar tu información.
  • Hay una liga que te dirige al sitio falso.
  • Te solicitan tus datos personales y financieos.
  • A veces llegan a pedirte los dígitos de tu token.

¿Cómo evitarlo?

  • Nunca entregues tus datos por correo electrónico.
  • Las empresas y bancos NUNCA te van a solicitar tus datos financieros o números de tarjetas de crédito por teléfono o internet, cuando no seas tú quien inicie una operación.
  • Si aún te queda duda del correo, llama o asiste a tu banco y verifica los hechos.

Pharming

Consiste en redirigirte a una página de internet falsa mediante ventanas emergentes, para robar tu información. Suelen mostrar leyendas similares a esta: ¡Felicidades, eres elvisitante un millón,haz clic aquí parareclamar tu premio!

¿Cómo evitarlo?

  • No des clic a páginas sospechosas o respondas mensajes de correo que te dicen haber ganado un premio, viaje o sorteo, ya que generalmente solicitan antes tus datos personales para otorgarte el supuesto premio.
  • Verifica que el sitio en el que navegas cuente con el protocolo de seguridad «https://» y un candado cerrado en la barra de direcciones.

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delito de corrupción

El delito de Corrupción

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En el artículo de hoy de Abogados Cabo hablaremos de la Corrupción. El artículo 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone que los servidores públicos son los representantes de elección popular, los miembros del Poder Judicial de la Federación, los funcionarios y empleados y en general, toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en el Congreso de la Unión, en la Administración Pública Federal, o en los organismos a los que la Constitución les otorgue autonomía.

Son además servidores públicos, los ejecutivos de las entidades federativas, los diputados de las Legislaturas Locales, los Magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia Locales, los miembros de los Consejos de las Judicaturas Locales, los integrantes de los Ayuntamientos y Alcaldías, los miembros de los organismos a los que las constituciones Locales les otorgue autonomía.

delito de corrupción

De acuerdo con la Ley General de Responsabilidades Administrativas, los servidores públicos son aquellas personas que desempeñan un empleo, cargo o comisión en las administración pública federal y local de acuerdo a lo previsto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

De acuerdo con la Ley General de Responsabilidades Administrativas, los servidores públicos en el desempeño de su empleo, cargo o comisión están obligados a conducirse con disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, con eficiencia y eficacia. Sin embargo esto no siempre sucede así. En México, en las dependencias de los tres poderes de la unión, en los tres niveles de gobierno, los servidores públicos no siempre se conducen conforme a estos principios e incurren en faltas administrativas.

Los ciudadanos con frecuencia nos encontramos que los servidores públicos no muestran respeto, no atienden a las instrucciones de sus superiores, actúan de forma negligente, participan en contratos en los cuales existen conflictos de interés, entre otros, hechos como estos son considerados como faltas administrativas no graves que pueden ser sancionadas con amonestaciones o inhabilitación temporal para desempeñar cargos en el servicio público.

Pero además de esas faltas administrativas no graves están aquellas faltas calificadas como graves conforme a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, como aquellas en las cuales los servidores públicos abusan de sus funciones, actúan bajo conflicto de interés, desvían recursos públicos, trafican influencias, entre otros. Estas faltas graves son sancionadas con destitución , suspensión, inhabilitación o multa. Además estas faltas graves pueden llegar a ser constitutivas de delitos y sancionadas con penas de prisión y multa.

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Responsabilidades de los Servidores Públicos

Los servidores públicos en el ejercicio de su empleo, cargo o comisión podrán incurrir en responsabilidad frente al Estado, esta responsabilidad puede ser: política, administrativa y/o penal.

  • Responsabilidad política: Los senadores y diputados del Congreso de la Unión, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los Consejeros de la Judicatura Federal, los Secretarios de Despacho, el Fiscal General de la República, los Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito, el Consejero Presidente, los Consejeros Electorales, el Secretario Ejecutivo del Instituto Nacional Electoral, los Magistrados del Tribunal Electoral, los integrantes de los órganos constitucionales autónomos, los directores generales y sus equivalentes de los organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria, sociedades y asociaciones asimiladas a estas y fideicomisos públicos. Los ejecutivos de las entidades federativas, los Diputados Locales, los Magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia Locales, los miembros de los organismos autónomos de acuerdo con las Constituciones Locales, podrán ser sujetos de juicio político por violaciones graves a la Constitución y a las leyes federales, así como por el manejo indebido de fondos y recursos federales. Y las sanciones podrán consistir en destitución del servidor público y en su inhabilitación para desempeñar funciones, empleos, cargos o comisiones de cualquier naturaleza en el servicio público.
  • Responsabilidad administrativa: Los servidores públicos podrán ser sujetos de procedimiento de responsabilidad administrativa cuando incurran en faltas no graves o graves previstas por la Ley General de Responsabilidades Administrativas y que sean denunciadas por los ciudadanos o detectadas por la autoridad. La Secretaría de la Función Pública recibe las denuncias por faltas administrativas y se auxilia de los Órganos Internos de Control de las dependencias de la administración pública para investigar y sancionar las faltas administrativas no graves.

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La Auditoría Superior de la Federación está facultada para practicar auditorías y en su caso, al igual que los Órganos Internos de Control y sus homólogos en las entidades federativas podrán presentar demanda al Tribunal Federal de Justicia Administrativa por faltas administrativas graves. El Tribunal Federal de Justicia Administrativa será el órgano encargado de seguir el procedimiento y sancionar. Las sanciones administrativas consistirán en amonestación, suspensión, destitución, inhabilitación y multas.

  • Responsabilidad Penal: Los servidores públicos podrán incurrir en actos u omisiones constitutivos de delitos por hechos de corrupción que serán investigados por la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción en materia federal o estatal, según sea el caso de que se trate y en su caso ejercerán la acción penal ante el Poder Judicial ya sea de la federación o de los estados según el caso de que se trate. Tratándose de delitos por hechos de corrupción, las penas podrán consistir en prisión, multa, inhabilitación, destitución o decomiso de bienes correspondientes al enriquecimiento ilícito.

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El Sistema Nacional Anticorrupción en México

El Sistema Nacional Anticorrupción encuentra su fundamento en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 113 que señala que es una instancia de coordinación entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno competentes en la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción así como en la fiscalización y control de recursos públicos.

El Sistema Nacional Anticorrupción estará integrado por un Comité Coordinador y un Comité de Participación Ciudadana.

El Comité Coordinador estará integrado por:

  • Titulares de la Auditoría Superior de la Federación
  • Titulares de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción
  • Secretaría del Ejecutivo Federal responsable del control interno
  • El Presidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa
  • Representante del Consejo de la Judicatura Federal
  • Representante del Comité de Participación ciudadana

El Comité de Participación Ciudadana estará integrado por: Cinco ciudadanos destacados por su contribución a la transparencia, rendición de cuentas o el combate a la corrupción.

Nota aclaratoria: Los supuestos previstos tratándose de los delitos por hechos de corrupción son diversos y su configuración en la realidad puede variar y por ende dar lugar a consecuencias jurídicas distintas. Lo mencionado en este espacio es de carácter meramente informativo e ilustrativo.

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despido injustificado necesito un abogado

Despido Injustificado

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En Abogados Cabo sabemos que, si el trabajador inclumple con alguna de sus obligaciones previstas en el contrato de trabajo y/o en el Reglamento Interior de Trabajo o incurre en alguna o algunas de las causas de rescisión previstas por la Ley Federal de Trabajo, el patrón podrá extinguir la relación laboral con el trabajador de forma justificada y sin responsabilidad. El patrón al rescindir la relación laboral deberá entregar al trabajador un aviso de rescisión en el cual le hará saber la conducta que causa la rescisión y la fecha en la que la cometió, este aviso deberá notificarlo personalmente al trabajador o bien a través de la Junta de Conciliación Arbitraje.

Ahora bien, si el trabajador no incumplió con las obligaciones derivadas del contrato de trabajo o en su caso del Reglamento Interior de Trabajo; o bien no incurrió en alguna de las causales de rescisión y aún así el patrón decide dar por terminada la relación laboral, el despido será injustificado.

La Ley Federal del Trabajo establece también que si el patrón rescinde la relación laboral pero no notifica al trabajador el aviso de rescisión laboral, el despido será injustificado.

El despido injustificado consiste precisamente en que el patrón de manera unilateral decide terminar la relación laboral con el trabajador.

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Los supuestos por los cuales un patrón puede despedir a un trabajador de forma injustificada pueden ser muy variados, desde razones personales hasta por discriminación. En la práctica se presentan esos casos pero además existen aquellos casos en los cuales el despido es justificado por las razones que explicamos en párrafos anteriores y aún así el trabajador considera que su despido fue injustificado.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano protege a los trabajadores al establecer que el trabajador no podrá ser despedido injustificadamente.

Un trabajador que considere que fue despedido injustificadamente podrá acudir ante la Junta de Conciliación y Arbitraje y demandar al patrón reclamando optativamente la reinstalación en su puesto de trabajo o la indemnización.

En el Juicio, la Junta atendiendo a las circunstancias del caso, a la legislación laboral aplicable y a las pruebas que las partes ofrezcan, determinará mediante laudo si el despido fue injustificado o no, y resolverá sobre la reinstalación o indemnización según sea la acción que el trabajador haya ejercitado.

A continuación y de manera general mencionamos algunos temas relacionados con el despido injustificado, si eres un trabajador o un patrón y deseas conocer más sobre el tema, te invitamos a conocer las respuestas a preguntas frecuentes en relación con el despido injustificado.

reinstalación laboral

Acción de Reinstalación

Cuando un trabajador es despedido por el patrón de forma injustificada, tiene la opción de demandar al patrón ante la Junta de Conciliación y Arbitraje la reinstalación en su puesto de trabajo, con las mismas funciones, responsabilidades, condiciones y prestaciones que tenía cuando fue despedido.

El trabajador cuenta con el término de dos meses para demandar al patrón contados a partir del día siguiente en que ocurrió el despido injustificado.

Si en Juicio el patrón no comprobó que el despido fue justificado o bien la causa de rescisión de la relación laboral, el patrón será condenado a reinstalar al trabajador y a pagar a este los salarios vencidos, los cuales se computarán desde la fecha del despido hasta por un período máximo de doce meses.

Acción de Indemnización

La acción de indemnización es la otra opción que tiene el trabajador para demandar al patrón que lo ha despedido injustificadamente. Regularmente esta acción la ejercita el trabajador cuando no tiene interés en ser reinstalado en su puesto de trabajo y es que el trabajador puede preferir ser indemnizado a regresar a un trabajo en el cual ya no se sentirá cómodo por haber sido despedido injustificadamente.

El trabajador cuenta con el término de dos meses para demandar ante la Junta de Conciliación y Arbitraje al patrón. El término empezará a computarse a partir del día siguiente en que ocurrió el despido injustificado.

Liquidación – Indemnización

El trabajador que haya sido despedido injustificadamente tendrá derecho a reclamar el pago de:

  • Indemnización consistente en el importe de tres meses de salario (Indemnización Constitucional).
  • La parte proporcional de aguinaldo.
  • La parte proporcional de vacaciones.
  • La parte proporcional de la prima vacacional.
  • La prima de antigüedad (si procede).
  • Otras prestaciones vigentes incluidas en el contrato de trabajo o en las condiciones que regulan la relación con la empresa o patrón como por ejemplo bonos, comisiones, fondo de ahorro, utilidades entre otros.
liquidación indemnización laboral

Ahora bien, si el trabajador ejercitó la acción de indemnización y en el Juicio el patrón no comprobó que el despido fue justificado o bien la causa de rescisión de la relación laboral, deberá pagar al trabajador, los salarios vencidos computados desde la fecha del despido hasta por un período máximo de doce meses, a razón del que corresponda a la fecha en que se realice el pago.

Indemnización Constitucional

La indemnización constitucional por despido injustificado se encuentra prevista en el artículo 123 Constitucional, apartado A, fracción XXII que dispone que el patrón que despida al trabajador sin causa justificada deberá indemnizarlo con el importe de tres meses de salario.

Esta indemnización de tres meses de salario tiene su sustento en el hecho de que el trabajador pueda subsistir, y hacer frente a sus gastos y responsabilidades durante ese término, que es el que considera como promedio para que el trabajador inicie una nueva actividad o encuentre un nuevo empleo. Por otro lado, esta indemnización es una sanción al patrón por separar de forma injustificada al trabajador de su empleo.

Los supuestos previstos en la Ley Federal del Trabajo para la extinción de las relaciones laborales son diversos y su configuración en la realidad puede variar y por ende dar lugar a consecuencias jurídicas distintas. Lo mencionado en este espacio es de carácter meramente informativo e ilustrativo.

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