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Lavado de Dinero en México

By | Derecho Penal

Las 5 modalidades más utilizadas para el lavado de dinero

Transferencias fraccionadas de dinero

Una modalidad en el lavado de activos es la realización de transferencias de pequeñas cantidades de dinero hacia diferentes cuentas bancarias, de esta manera, se evita hacer depósitos que superen los montos máximos permitidos por los bancos para no despertar sospechas. 

transferencias de dinero

Transporte de divisas

Las grandes organizaciones delictivas suelen emplear dinero o divisas (principalmente dólares) en efectivo para evadir las medidas de seguridad bancarias, por eso transportan el efectivo en grandes remesas hacia su destino final, que a su vez se insertarán en la vida económica. Esta modalidad ha sido detectada en el 42% de los casos procesados por lavado de activos.

Inversiones ficticias

Gran cantidad de lavadores de dinero han declarado haber hecho inversiones ficticias en negocios dentro o fuera del país y justificaban sus fortunas ilícitas a través de informes falsos sobre sus supuestas ganancias (pagos de dividendos) en sus “negocios”.

inversiones ficticias

Compra de bienes inmuebles e inversiones

Por ejemplo, en Colombia alrededor del 10 % de las personas condenadas por lavado de activos emplearon dinero ilícito en la compra de bienes inmuebles, carros, propiedades o comercios, incluso efectuaron inversiones en otros negocios.

bienes inmuebles

Transacciones con monedas virtuales

Con el uso de la tecnología y la poca regulación que existe a nivel mundial en el manejo de monedas virtuales, los criminales han estado aprovechando esto para poder mover su dinero de un país a otro sin el menor control. Las monedas virtuales aparecen y desaparecen con mucha facilidad y no son rastreables fácilmente, no pertenecen a ningún país, pertenecen a particulares (es frecuente que no se conozca quién es el dueño de la plataforma) y en ocasiones las computadoras donde se manejan estas monedas están ubicadas en diversos países, los equipos manejan información parcial de las cuentas y operaciones. 

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¿Qué sanciones se aplican a los lavadores?

En general, los gobiernos en sus distintas leyes contemplan los delitos precedentes y en estas legislaciones indican las sanciones a que pueden hacerse acreedores quienes las cometen. En el caso de lavado de dinero, sea cual fuera el nombre con el que la legislación lo contemple, las leyes no siempre cumplen con el cometido de que las sanciones sean disuasivas, es decir, que deben hacer que el criminal no quiera volver a cometer ese ilícito.

En el caso de México, las sanciones previstas en el Código Penal Federal contemplan que las penas corporales (prisión)  llegan a un máximo de 15 años de prisión y multas hasta de 5,000 UMAs a quien realice operaciones con recursos de procedencia ilícita. Si pensamos en una persona que lava grandes cantidades de dinero, esa cifra puede parecer ridícula.

Pese a que las sanciones no son elevadas ni en tiempo ni en monto, no debemos perder de vista que estas son solo por el delito subyacente, ese que se da después del primero, o sea, para el lavado de dinero. Sin embargo, los criminales no estarán dispuestos a sufrir ni el tiempo en prisión ni los importes de las sanciones por lo que es frecuente que busquen personas inocentes a quienes puedan inculpar con la intención de que si son detenidos por las autoridades, los criminales no corran el menor riesgo.

cómo se castiga el lavado de dinero

Debemos de ser conscientes de que los criminales todos los días buscan nuevos métodos que les generen dinero sin importar si es de manera lícita o no y no les importa dañar a otras personas ni en sus bienes ni en sus personas, es por esto que debemos estar muy atentos siempre para saber con quienes tenemos contacto, trato de negocio, especialmente en operaciones por internet; estar conscientes de a quiénes damos acceso a nuestra información, ya que en cualquier momento podemos caer en situaciones que con nosotros se cometa uno de los delitos precedentes o bien que, con nosotros los criminales laven su dinero, siendo nosotros, quienes corramos el riesgo en el caso de que las autoridades ejerzan una acción penal.

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qué es lavado de dinero

Lavado de dinero

By | Derecho Penal

Escuchamos o leemos al respecto en las noticias, pero un especialista del CCPM nos explica en qué consiste este delito, cómo es el proceso y qué sanciones hay para los lavadores de dinero.

lavado de dinero

Diariamente leemos al menos una noticia relacionada con el tema de lavado de dinero y damos por hecho que se trata de un delito que la justicia sanciona. Aunque no pensemos mucho en ello, vemos que siempre el delito de lavado de dinero viene acompañado de la comisión de uno o más delitos, ya sea narcotráfico, corrupción, delincuencia organizada o cualquier otro. ¿Por qué es eso? Al delito de lavado de dinero se le llama subyacente, pues siempre ocurre como consecuencia de otro delito al que se le llama precedente.

Ahora bien, definamos los que es subyacente y precedente: Subyacente proviene del latín y significa que permanece debajo o como consecuencia de una cosa. Por lo tanto, el delito subyacente es aquel que viene después de otro. Precedente, de igual manera, proviene del latín y significa que está antes de otro delito, o sea que antes del delito subyacente, hay uno precedente.

Cualquier tipo de delito que incremente el patrimonio de una persona (narcotráfico, corrupción, robo, fraude, entre otros) pasa a ser el delito precedente del lavado de dinero. Cuando el primer delito ya se llevó a cabo y los criminales tienen el dinero, los bienes o derechos que proceden de la actividad criminal, esos activos necesitan ser lavados a fin de poderlos utilizar en la economía formal aparentando que provienen de actividades lícitas.

lavado de dinero

No debemos olvidar que el dinero no es sucio por si solo, el dinero es limpio mientras provenga de actividades lícitas y puede ser utilizado en las actividades que queramos. No obstante, cuando el dinero proviene de actividades ilícitas, se le denomina dinero sucio y para ser utilizado abiertamente en la economía formal, tiene que ser lavado.

¿Qué es el lavado de dinero?

El lavado de dinero es la actividad que realizan los lavadores para que el dinero o los activos que obtienen por la realización de actividades ilícitas puedan ser utilizados en la economía formal aparentando que provienen de actividades lícitas.

El proceso de lavado de dinero en el sistema financiero tiene tres etapas: colocación, estratificación e integración.

La colocación en el sistema financiero es la clave para un buen lavado de dinero, mientras el dinero sucio no haya sido colocado en el sistema financiero, no se podrá iniciar el ciclo de lavado, por eso es que el sistema financiero tiene tantos controles. En ocasiones se vuelve un fastidio para los clientes cuando queremos abrir cuentas o realizar depósitos ya que, en caso de que el cliente esté realizando actividades de lavado, el riesgo para la institución es muy grande, tanto por las multas que les impone la autoridad, como por el daño reputacional que puede llegar a tener si se publica que en esa institución se puede lavar dinero.

Cuando ya se pudo colocar el dinero en el sistema financiero, un lavador de dinero procede a moverlo ingresado al sistema financiero, transfiriendo el dinero a diversas cuentas y en cantidades distintas a las del depósito original con el objetivo de moverlo no solo en distintos bancos sino en distintos países.

Una vez que el dinero ha sido dispersado en muchas cuentas, se puede realizar de manera más sencilla su integración a la economía formal; esta reinserción puede hacerse ya sea como pago de dividendos, como adquisición de bienes, aportaciones de capital o muchas otras maneras.

Delitos precedentes del lavado de activos

Cuando hablamos de delitos precedentes del lavado de activos nos referimos a aquellas actividades ilícitas que dan paso al lavado de dinero o de activos.

Si bien, un delito precedente da paso a otro delito, las leyes aclaran que el lavado de dinero o de activos es un hecho punible autónomo, por eso toda persona que haya incurrido en lavado de dinero es condenada por la justicia, aunque no haya tenido participación directa o indirecta en el delito precedente. De esta manera, quien lave activos provenientes de hechos punibles no puede excusarse ante la justicia.

¿Cuáles son los principales delitos precedentes al lavado de dinero?

  1. Narcotráfico: el principal generador de dinero sucio a nivel mundial está directamente relacionado con el tráfico de drogas.
  2. Enriquecimiento ilícito: aquí encontramos todos los demás delitos que llevan a incrementar el patrimonio como son corrupción, tráfico de influencias, extorsiones, secuestros, contrabando, evasión fiscal, trata de personas, explotación sexual, fraudes cibernéticos, etcétera.

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Allanamiento de Morada

By | Derecho Penal

El delito de allanamiento de morada consiste en la conducta de entrar y mantenerse en morada ajena sin autorización. Esta acción se realiza en el lugar de residencia de otra persona física o jurídica. Existen dos modalidades que se diferencian por el uso o no de intimidación o violencia. Una vulneración a la inviolabilidad del domicilio y a la intimidad de la persona. El Código Penal establece los requisitos y penas para este delito.

Podemos ayudarte. En Abogados Cabo somos abogados penalistas. Si necesitas un despacho penalista con amplia experiencia, contacta con nosotros e infórmate sin compromiso.

Bien jurídico protegido

El bien jurídico que se protege está manifiesto en la Constitución Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.

Inviolabilidad de domicilio

Ninguna persona podrá ingresar o registrarse en un domicilio sin el consentimiento del titular o por resolución judicial.

Intimidad personal y familiar

Entrar o permanecer sin consentimiento implica una falta de respeto y una vulneración a la intimidad que merece toda persona contra intromisiones ajenas a su voluntad.

Requisitos para ser considerado delito de allanamiento de morada

Los requisitos que deben cumplirse para estar ante un delito de allanamiento de morada.

  • Quien comete el delito no cuenta con el consentimiento de la persona que allí vive, no tiene autorización para entrar.
  • La permanencia en cualquiera de los sectores dentro de la morada ajena no es consentida.
  • El acusado del delito no es un funcionario público, en este último caso se trata de otro tipo de delitos más graves.

¿Qué se entiende por morada?

Morada es todo lugar cerrado que se encuentre separado del exterior y en el cual el morador reside de manera permanente o temporal. Es decir, que se incluye tanto a las residencias habituales como aquellas de temporada.

No es necesario que el titular ostente un título, sino que demuestre el desarrollo de una actividad en el inmueble. Así también es castigado con el peso de la ley el que entrare a un local abierto al público o en domicilio jurídico contra la voluntad de los titulares. En este sentido es de gran interés relacionar el concepto de morada con la ocupación ilegal de viviendas.

Los propietarios que, en vez de acudir a la vía judicial para desahuciar a los okupas, emplean mecanismos fuera de la vía legal para intentar recuperar su vivienda, podrían ser acusados de un delito de allanamiento de morada (aun siendo su propia casa) o incluso de un delito de coacciones, en función de las técnicas utilizadas.

Tipos de allanamiento de morada

Según la modalidad con que se comete el delito de allanamiento de morada es posible distinguir los siguientes tipos:

  • Básico: la persona que comete el delito entra o permanece sin consentimiento.
  • Agravado: la comisión del delito concurre con agravantes como conductas intimidatorias o el uso de la violencia.

 

Asimismo, cabe distinguir entre la modalidad activa y la pasiva.

 

  • Activa: el intruso o quien comete el delito ingresa al domicilio de un tercero sin el permiso correspondiente.
  • Pasiva: permanece en el domicilio aun cuando se le haya solicitado se retire.

Allanamiento de morada ejercida por autoridad o funcionario

Cuando el sujeto que comete el allanamiento de morada es una autoridad o funcionario, el hecho se agrava.

Ejemplos de allanamiento de morada

  • Después de una separación o divorcio, el particular que no reside más en la vivienda familiar ingresa sin aviso ni consentimiento de la ex pareja. 
  • Una vivienda está destinada para alquiler, es decir, para ser habitada por una persona y el autor ingresa sin el permiso de la titular.
  • Justificación del allanamiento de morada

Tres razones pueden ser entendidas como justificantes para el allanamiento de morada, según el Código Penal:

  • Sin dolo: el sujeto que actúa con la conducta descrita como allanamiento de morada lo hace sin conocimiento o voluntad de cometer el delito.
  • Para impedir un flagrante delito: el particular ingresa o permanece a una vivienda ajena con el fin de evitar la comisión de otro posible delito.
  • Ejercicio del deber o derecho: es el caso en el que existe, por ejemplo, una resolución judicial que indica el ingreso a una morada ajena.

Diferencia de allanamiento de morada y usurpación

La diferencia entre ambas figuras es muy simple y clara. En el allanamiento de morada es requisito que el domicilio constituya morada del titular. En el caso de la usurpación, el inmueble donde se comete el delito no es un lugar donde se desarrollan actividades por el titular. Son, por ejemplo, viviendas abandonadas.

En resumen, el delito de allanamiento de morada es la acción de ingresar o permanecer en un domicilio ajeno sin la autorización del morador. Se entiende como morada el espacio cerrado y delimitado del exterior en el cual una persona desarrolla actividades, ya sea vivienda habitual o de temporada. Esta conducta puede ser sin o con intimidación y violencia, hechos que determinarán una diferencia en el castigo penal.

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Cómo proteger tu patrimonio personal cuando tienes un negocio

By | Abogados corporativos

Evita que la responsabilidad de tu actividad empresarial afecte tu patrimonio personal. En Abogados Cabo sabemos que ser administrador o directivo de una empresa es una labor que requiere conocer los riesgos a los que te expones, entre ellos la posibilidad de perder tu patrimonio personal. Existen tres tipos de responsabilidad: por daños, por deudas sociales o por deudas tributarias.

Responsabilidad por Daños

En el primer grupo se enmarcan los daños a la sociedad, sus socios o terceros, causados en el ámbito de la gestión de la sociedad y cuyo origen está en actos u omisiones del administrador, ya sean negligentes, por falta de diligencia o ilícitos. De demostrarse la culpa del administrador, este deberá responder personalmente con sus bienes.

Responsabilidad por Deudas Sociales

Incurrirás en responsabilidad por deudas sociales en el supuesto de no adaptar la sociedad a la legislación que la regula o por no disolverla cuando existen motivos legales o estatutarios. Si ocurre, deberás responder con tu patrimonio solidariamente junto con la empresa y no es necesario demostrar tu culpa.

Responsabilidad por Deudas Tributarias

El último grupo lo forman la responsabilidad por deudas tributarias contraídas con la administración: sanciones o deudas. De su pago responderás solidariamente y sin necesidad de que previamente se declare la insolvencia de la empresa.

¿Cómo proteger el patrimonio de los administradores?

Si puedes permitírtelo, es mejor que constituyas tu negocio como una empresa de responsabilidad limitada. Esto es, tu responsabilidad económica se reduce al capital y los bienes de la empresa. Si tu negocio va mal, podrán quitarte aquello que esté registrado a nombre de la empresa, pero no al tuyo. (siempre y cuando no se demuestre que hay una negligencia por parte del administrador, en cuyo caso responderá con su patrimonio personal).

Separación / donación de bienes

Si estás casado y te dedicas a una actividad profesional o empresarial te recomendamos tramitar la separación de bienes. De esta forma tu patrimonio personal quedará a salvo de la buena o mala gestión de la actividad empresarial, tanto si eres persona física como sociedad, porque si está en favor de tu cónyuge e hijos, tus acreedores no podrán ir contra el patrimonio personal para cobrar las deudas que les haya podido dejar la sociedad pendiente de pago.

Otro consejo es ser titular de aquellos bienes estrictamente necesarios (cuenta de la actividad, plan de pensiones, seguro IT autónomo y poco más) ya que la consecuencia de que todo esté a tu nombre, o de tu Administrador, es que en caso de haber problemas tendrás que responder con tu patrimonio personal.

Contratar un Seguro de Responsabilidad Civil por Errores u Omisiones

En caso de trabajar como administrador o directivo, nuestro patrimonio personal está íntimamente ligado con la actividad empresarial porque respondemos con todos nuestros bienes. Por tanto, si ejerces estos cargos de responsabilidad, sería importante contratar un seguro de Responsabilidad Civil para proteger nuestros errores o los de nuestros empleados. Además de éste, resulta conveniente tener otros seguros ligados a la actividad tales como: seguro del local de negocio, seguro de convenio colectivo para los trabajadores, seguro Incapacidad Temporal para autónomos…

contrato responsabilidad civil por errores u omisiones

Por otro lado, adaptar tu empresa a las exigencias de la legislación en materia de protección de datos de carácter personal, no es suficiente. Los daños ocasionados por el uso inadecuado de este tratamiento o custodia te pueden hacer incurrir en responsabilidad frente a los perjudicados, así como en el pago de sanciones impuestas por el INAI.

Si tu actividad empresarial requiere del tratamiento y de la custodia de datos de carácter personal, ya sean de empleados, de clientes o terceros, resulta conveniente contratar un seguro en materia de protección de datos.

Independiza cada sociedad

Intenta que cada sociedad, según la actividad empresarial que desarrolle, esté individualizada respecto de las demás. Esto ayudará a que la responsabilidad quede circunscrita a la empresa que actúa en el tráfico mercantil sin arrastrar a las demás. Si no lo hacemos, siempre responderá la matriz e incluso el Administrador de la sociedad si no ha actuado diligentemente, lo que puede llevar a tener que pagar con nuestro patrimonio personal.

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Despido Injustificado

By | abogados

En Abogados Cabo sabemos que, si el trabajador inclumple con alguna de sus obligaciones previstas en el contrato de trabajo y/o en el Reglamento Interior de Trabajo o incurre en alguna o algunas de las causas de rescisión previstas por la Ley Federal de Trabajo, el patrón podrá extinguir la relación laboral con el trabajador de forma justificada y sin responsabilidad. El patrón al rescindir la relación laboral deberá entregar al trabajador un aviso de rescisión en el cual le hará saber la conducta que causa la rescisión y la fecha en la que la cometió, este aviso deberá notificarlo personalmente al trabajador o bien a través de la Junta de Conciliación Arbitraje.

Ahora bien, si el trabajador no incumplió con las obligaciones derivadas del contrato de trabajo o en su caso del Reglamento Interior de Trabajo; o bien no incurrió en alguna de las causales de rescisión y aún así el patrón decide dar por terminada la relación laboral, el despido será injustificado.

La Ley Federal del Trabajo establece también que si el patrón rescinde la relación laboral pero no notifica al trabajador el aviso de rescisión laboral, el despido será injustificado.

El despido injustificado consiste precisamente en que el patrón de manera unilateral decide terminar la relación laboral con el trabajador.

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Los supuestos por los cuales un patrón puede despedir a un trabajador de forma injustificada pueden ser muy variados, desde razones personales hasta por discriminación. En la práctica se presentan esos casos pero además existen aquellos casos en los cuales el despido es justificado por las razones que explicamos en párrafos anteriores y aún así el trabajador considera que su despido fue injustificado.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano protege a los trabajadores al establecer que el trabajador no podrá ser despedido injustificadamente.

Un trabajador que considere que fue despedido injustificadamente podrá acudir ante la Junta de Conciliación y Arbitraje y demandar al patrón reclamando optativamente la reinstalación en su puesto de trabajo o la indemnización.

En el Juicio, la Junta atendiendo a las circunstancias del caso, a la legislación laboral aplicable y a las pruebas que las partes ofrezcan, determinará mediante laudo si el despido fue injustificado o no, y resolverá sobre la reinstalación o indemnización según sea la acción que el trabajador haya ejercitado.

A continuación y de manera general mencionamos algunos temas relacionados con el despido injustificado, si eres un trabajador o un patrón y deseas conocer más sobre el tema, te invitamos a conocer las respuestas a preguntas frecuentes en relación con el despido injustificado.

reinstalación laboral

Acción de Reinstalación

Cuando un trabajador es despedido por el patrón de forma injustificada, tiene la opción de demandar al patrón ante la Junta de Conciliación y Arbitraje la reinstalación en su puesto de trabajo, con las mismas funciones, responsabilidades, condiciones y prestaciones que tenía cuando fue despedido.

El trabajador cuenta con el término de dos meses para demandar al patrón contados a partir del día siguiente en que ocurrió el despido injustificado.

Si en Juicio el patrón no comprobó que el despido fue justificado o bien la causa de rescisión de la relación laboral, el patrón será condenado a reinstalar al trabajador y a pagar a este los salarios vencidos, los cuales se computarán desde la fecha del despido hasta por un período máximo de doce meses.

Acción de Indemnización

La acción de indemnización es la otra opción que tiene el trabajador para demandar al patrón que lo ha despedido injustificadamente. Regularmente esta acción la ejercita el trabajador cuando no tiene interés en ser reinstalado en su puesto de trabajo y es que el trabajador puede preferir ser indemnizado a regresar a un trabajo en el cual ya no se sentirá cómodo por haber sido despedido injustificadamente.

El trabajador cuenta con el término de dos meses para demandar ante la Junta de Conciliación y Arbitraje al patrón. El término empezará a computarse a partir del día siguiente en que ocurrió el despido injustificado.

Liquidación – Indemnización

El trabajador que haya sido despedido injustificadamente tendrá derecho a reclamar el pago de:

  • Indemnización consistente en el importe de tres meses de salario (Indemnización Constitucional).
  • La parte proporcional de aguinaldo.
  • La parte proporcional de vacaciones.
  • La parte proporcional de la prima vacacional.
  • La prima de antigüedad (si procede).
  • Otras prestaciones vigentes incluidas en el contrato de trabajo o en las condiciones que regulan la relación con la empresa o patrón como por ejemplo bonos, comisiones, fondo de ahorro, utilidades entre otros.
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Ahora bien, si el trabajador ejercitó la acción de indemnización y en el Juicio el patrón no comprobó que el despido fue justificado o bien la causa de rescisión de la relación laboral, deberá pagar al trabajador, los salarios vencidos computados desde la fecha del despido hasta por un período máximo de doce meses, a razón del que corresponda a la fecha en que se realice el pago.

Indemnización Constitucional

La indemnización constitucional por despido injustificado se encuentra prevista en el artículo 123 Constitucional, apartado A, fracción XXII que dispone que el patrón que despida al trabajador sin causa justificada deberá indemnizarlo con el importe de tres meses de salario.

Esta indemnización de tres meses de salario tiene su sustento en el hecho de que el trabajador pueda subsistir, y hacer frente a sus gastos y responsabilidades durante ese término, que es el que considera como promedio para que el trabajador inicie una nueva actividad o encuentre un nuevo empleo. Por otro lado, esta indemnización es una sanción al patrón por separar de forma injustificada al trabajador de su empleo.

Los supuestos previstos en la Ley Federal del Trabajo para la extinción de las relaciones laborales son diversos y su configuración en la realidad puede variar y por ende dar lugar a consecuencias jurídicas distintas. Lo mencionado en este espacio es de carácter meramente informativo e ilustrativo.

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