En el artículo de hoy de Abogados Cabo hablaremos del Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil. Una encuesta realizada por el INEGI, reveló que en México tan sólo el 22% de la población adulta dispone de algún tipo de seguro. De éstos, el 33% cuentan con un seguro automotriz. Asimismo la encuesta señaló que el 41% de las personas que no cuenta con un seguro es porque piensan que son muy caros; el 19,7%, indica que no los conoce y no sabe dónde solicitarlos; y el 18,8% considera que no los necesita o no son necesarios. Si tú eres una de esas personas que conoce los seguros obligatorios de responsabilidad civil vehicular, te invitamos a revisar este artículo de Abogados Cabo y despejar tus dudas.
¿Qué es el Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil Vehicular?
Es un tipo de seguro obligatorio, que tiene como finalidad proteger los daños que se ocasionan por un accidente de automóvil a terceros: ya sea con otros automóviles, mobiliario urbano o bien a otras personas.
¿Qué ley contempla que se cuente con este tipo de seguro en carretera?
La Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.
¿Qué establece esta ley sobre el seguro obligatorio para autos?
La ley establece que todos los vehículos que transiten en vías, caminos y puentes federales deberán contar con un seguro que garantice a terceros los daños que pudieren ocasionarse en sus bienes y personas por la conducción del vehículo. La contratación del seguro será responsabilidad del propietario del vehículo.
¿Cuál es la sanción por conducir sin este seguro en caminos y puentes federales?
Las personas que conduzcan sus vehículos en caminos y puentes federales que no cuenten con un contrato de seguro que garantice daños a terceros, la ley establece una multa de veinte a cuarenta días de salario mínimo vigente en la Ciudad de México.
Asimismo establece que el propietario del vehículo tendrá 45 días naturales para la contratación de la póliza de seguro, misma que al presentarla ante la autoridad recaudatoria durante el término anterior, le será cancelada la infracción.
¿En la Ciudad de México también es obligatorio tener este tipo de seguro?
Sí, a partir del 1 de enero del 2016, todos los automóviles que circulen en la Ciudad de México, deberán contar de manera obligatoria con un seguro de responsabilidad civil, informó la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros.
¿En dónde puedo encontrar esta disposición en la Ciudad de México?
En el nuevo reglamento de tránsito del Distrito Federal, actualmente Ciudad de México, se especifica que los vehículos motorizados deberán contar con una póliza de seguro de responsabilidad civil vigente, que ampare al menos la responsabilidad civil por daños a terceros en su persona y en su patrimonio.
¿Qué establece el reglamento respecto a los automóviles de transporte público?
En el caso de las unidades que prestan el servicio de transporte público de pasajeros o de carga, deberá contar con póliza de seguro de responsabilidad civil vigente, que ampare la responsabilidad civil por daños y perjuicios que con motivo de la prestación del servicio pudiese ocasionar a los usuarios o terceros en su persona o patrimonio, dependiendo de la modalidad de transporte a la que corresponda y de acuerdo a lo que establezca el reglamento de la Ley.
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