All Posts By

atenas

Delito Grave

By | Uncategorized

El Código Penal también establece esta pena para delitos contra la corona, delitos de asesinato a quien ultime a un Jefe de Estado extranjero o a cualquier otra apersona que este protegida por Tratados Internacionales.

Los delitos que también son considerados graves de acuerdo con el Código Penal son: violación en serie, muertes en incendios, asesinato con obstrucción de la recuperación del cadáver, liberación de elementos radioactivos o energía nuclear, asesinato después de secuestro, violación a un menor luego de torturarlo o privarlo de la libertad, estratos en infraestructuras críticas.

Otras penas que se establecen de acuerdo con el delito son las siguientes:

  • Pena de prisión mayor a cinco años.
  • Inhabilitación absoluta.
  • Inhabilitaciones especiales por un tiempo mayor a cinco años.
  • Suspensión de un cargo o empleo público por tiempo mayor a cinco años.
  • Privativa del derecho a conducir ciclomotores y vehículos a motor por un tiempo mayor a ocho años.
  • Privativa del derecho a la posesión y porte de armas por un tiempo mayor a ocho años.
  • Privación del derecho a habitar en algunos lugares o asistir a ellos, por tiempo mayor a cinco años.
  • Prohibición de acercarse a la víctima o a los familiares u otras personas que estipule el tribunal o juez, por tiempo mayor a cinco años.
  • Prohibición de comunicarse con la víctima, con los familiares o cualquier otra persona que estipule el tribunal o el juez, por un tiempo mayor a cinco años.
  • Privativa de la patria potestad sobre personas incapacitadas o menores.

Tipos de delitos graves

Los tipos de delitos graves según lo que el Código Penal establece son los que se presentan a continuación:

Delito grave de homicidio

El delito grave de homicidio es un delito donde se le da muerte a otra persona con alevosía y premeditación, lo cual se puede hacer a manera personal o para recibir una recompensa. A la persona acusada de cometer el delito de homicidio se le aplica una pena que varía entre diez y quince años.

Delito grave de lesiones

Las lesiones son consideradas como delito graves, según lo estipulado en el artículo 149 del Código Penal, entre ellas está: la que cause esterilidad o impotencia, inutilidad o la pérdida de algún órgano, la pérdida de la función de un sentido, cuando produce una enfermedad psíquica o somática, que causa deformidad.

La pena para la persona que comete delito grave de lesiones es prisión mayor a seis años y hasta los doce años, de acuerdo con las circunstancias en que se comenta.

Delito grave de secuestro

El delito grave de secuestro es cuando cumple lo que estipula el artículo 163 en el numeral 3 del Código Penal. Cuando el secuestro tiene una duración mayor a quince días, la pena de prisión será mayor a los diez años y puede ser superior en caso de que se produzca un agravante.

Delito grave de amenaza

La amenaza es cuando se le indica a otra persona de que se le causará algún daño a él, a otras personas o a su familia. El delito grave de amenaza es cuando ocurre según con lo establecido en el artículo 169 numeral 1 del Código Penal.

El daño con el que se amenaza puede ser aborto, tortura, homicidio, secuestro, lesiones, entre otros. También cuando se hace la amenaza y se exige una condición o una cantidad y el delincuente logra su propósito.

Cuando la pena por amenaza es aplicada en su nivel superior se está ante de un delito grave de amenaza. En el caso de que la amenaza va dirigida contra un grupo de persona o una población y se cuenta con la gravedad que se requiere para lograrlo, será un delito grave y la pena será la máxima que se aplica a este tipo de delito.

Delito grave de agresión sexual

El delito grave la agresión sexual es cuando cumple con las características que se describen en el artículo 179 del Código Penal. La pena es de prisión y varía entre seis y doce años.

¿Necesitas un abogado?

¿Estás en Baja California Sur, México? Todos Santos, Los Cabos, La Paz, Loreto, San José Del Cabo, Los Cabos, El Pescadero… ¿Estás en Nuevo León, México? Apodaca, Cadereyta Jiménez, El Carmen, García, San Pedro Garza García, General Escobedo, Guadalupe, Juárez, Monterrey, Salinas Victoria, San Nicolás de los Garza, Santa Catarina y Santiago… 

Abogados Cabo buscamos satisfacer las diferentes necesidades legales de nuestros clientes, tanto en sus negocios como en lo personal. Comunícate con nosotros al teléfono: (+52)8119384461, donde con gusto te asesoraremos.

Qué es Delito Grave

By | Uncategorized

En el artículo de hoy de Abogados Cabo hablaremos de Delitos Graves. De acuerdo al Código Penal Federal, los delitos graves son aquellos que ponen en riesgo la vida de otros, atentan contra las buenas conductas morales y obstruyen el bienestar de la sociedad, entre otras cosas. También, estos delitos se tipifican de esta manera porque acarrean las penas y sanciones más severas, todas relacionadas con la privación de libertad.

Los delitos graves en el código penal son hechos que se cometen atentando de manera categórica contra la seguridad jurídica de la sociedad y los derechos de los demás. También cuando se comete una infracción contra los principios estipulados en la ley y que son sancionados con una pena grave.

El Código Penal establece los tipos de delitos, estos son: delitos leves, delitos graves y menos graves. Para determinar cuál delito pertenece a una de las clasificaciones es necesario revisar lo que establece la ley para una determinada infracción. Los delitos se encuentran establecido en el Código Penal y están regulados por el Derecho Penal. Cualquier asunto relacionado con un delito debe ser tratado de acuerdo con lo que establece el Código Penal y con el asesoramiento de un abogado penalista.

Clasificación de los delitos

La clasificación de los delitos se hace de acuerdo con por la forma de acción, delito según la forma procesal, por las formas de culpabilidad, delitos por la forma de la calidad del sujeto activo, delitos por el daño que causan y delitos de resultado.

Delito por la forma de la acción

El delito por la forma de la acción se puede cometer por:

  • Por comisión, es cuando se comete una acción que está prohibida por una norma.
  • Por omisión, es cometido cuando la norma le exige a la persona actuar y no lo hace.
  • Delito por las formas de culpabilidad

El delito por las formas de culpabilidad se clasifica en base a la intención del sujeto y puede ser:

  • Delito preterintencional, es cuando la persona tiene el dolo o la intención de cometer un delito, pero el resultado es mayor a lo que habría planeado.
  • Delito imprudente o culposo, ocurre cuando la persona no quería cometer un delito, pero lo comete asumiendo un riesgo el cual conoce.
  • Delito doloso, es cometido con intención y la persona está consciente de que está cometiendo un delito.
  • Delitos por el resultado. Los delitos por el resultado es de acuerdo con el daño que ocasionan y puede ser:
  • Delitos formales, requiere de una serie de procedimientos para que el delito se produzca.
  • Delitos materiales, la comisión de este delito requiere el deseo de la acción, la sanción de forma objetiva del sujeto.

¿Qué es un delito grave?

El delito grave es cometido por un individuo que incumple con los principios establecidos en la ley y que ella misma castiga con una pena grave. La forma de determinar si un delito es grave o no, es con la pena que se aplica a la persona que cometió la infracción.

La persona que comete un delito grave, está en pleno conocimiento de que su comportamiento ocasionará perjuicio a la sociedad y a otras personas. Pero esto no hace cambiar la decisión de cometer el acto que está en contra de la Ley.

Cuando estas situaciones ocurren es necesario la aplicación de medidas ejemplarizantes que sirvan de sanción para el delincuente. Las medidas aplicadas al mismo tiempo van a servir para garantizar el respeto a los derechos a la sociedad y los individuales.

¿Cuáles son las penas más graves?

Las penas graves están establecidas en el Código Penal español en el artículo 33, las cuales son aplicadas de forma proporcional al daño o a la lesión que se ha causado y por lo que pueden ser especialmente graves para la persona que la recibe. Estas penas son las siguientes:

Pena de prisión permanente revisable

La pena de prisión permanente, pero revisable, esta pena es impuesta a hechos ilegales que son de una gran peligrosidad. La persona que recibe esta pena estará en la cárcel hasta que esté preparado para la reinsertarse a la sociedad.

La principal característica de la pena de prisión permanente revisable es que la persona está obligada permanecer privado de libertad por 25 años. Transcurrido este tiempo se puede revisar la pena de acuerdo con los rasgos y comportamiento del reo.

Cuando se hace la revisión de la pena el reo puede obtener permisos para salir o ser traslado a un régimen abierto o al tercer grado penitenciario. Pero la revisión también se puede hacer cuando como mínimo hayan transcurrido 8 años y en el caso de una organización criminal hayan pasado 12 años.

Los delitos que son clasificados como graves y que reciben la pena de prisión permanente son, muertes múltiples bajo la forma de asesinato, el delito de violación de menores, delitos de genocidios y deshumanidad, delitos cometidos en una organización criminal.

Continúa leyendo aquí: https://abogadoscabo.com/delito-grave/

¿Qué es Derecho Laboral en México?

By | Abogados corporativos

Los contratos de trabajo obligan a lo expresamente pactado en ellos y a las consecuencias que establezcan las normas de trabajo, a la buena fe y a la equidad.

Reglamento Interior del Trabajo

El Reglamento Interior del Trabajo, es un conjunto de disposiciones obligatorias tanto para los trabajadores como para los patrones, algunas de estas disposiciones son las relativas a las horas de entrada y salida de los trabajadores; días y lugares de pago; normas para prevenir los riesgos de trabajo; permisos y licencias; tiempo y forma en que los trabajadores deben someterse a exámenes médicos; entre otras. Para crear el Reglamento Interior del Trabajo, se requiere de una comisión mixta de representantes de trabajadores y el patrón, debe de ser conforme a la ley y deberá depositarse ante la Junta de Conciliación y Arbitraje.

reglamento interior de trabajo

Condiciones de Trabajo

Las condiciones de trabajo deberán hacerse constar por escrito, sin embargo la falta del escrito no priva al trabajador de los derechos que deriven de la ley y de los servicios prestados.

Son condiciones de trabajo: el lugar o lugares donde deba prestarse el trabajo; la duración de la jornada de trabajo; la forma y monto del salario; el día y el lugar de pago del salario; las condiciones de capacitación o adiestramiento; los días de descanso; vacaciones y demás que convengan el trabajador y el patrón.

Despido

El despido del trabajador puede ser justificado o injustificado. Será justificado cuando se configuren en la realidad las causas de rescisión previstas por el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo. El patrón que despida a un trabajador deberá darle aviso escrito en el que señale claramente la conducta o conductas que motivan la rescisión y la fecha o fechas en que se cometieron. El aviso deberá entregarse personalmente al trabajador en el momento del despido o bien, comunicarlo a la Junta de Conciliación y Arbitraje competente para que la Junta lo notifique en forma personal al trabajador.

despido

El despido del trabajador será injustificado cuando el patrón no haya dado aviso al trabajador personalmente o por conducto de la Junta de la terminación de la relación de trabajo. La separación no justificada produce la nulidad del despido. En el caso de despido no justificado, el trabajador ante la Junta de Conciliación y Arbitraje competente, podrá solicitar a su elección que se le reinstale en el trabajo que desempeñaba o que se le indemnice con el importe de tres meses de salario.

Coaliciones, Sindicatos y Huelgas

La Ley Federal del Trabajo establece disposiciones específicas que prevén y regulan a las coaliciones, sindicatos y la huega. La coalición es el acuerdo temporal de un grupo de trabajadores o de patrones para la defensa de sus intereses comunes. El sindicato es la asociación de trabajadores o patrones, constituida para el estudio, mejoramiento y defensa de sus respectivos intereses. La huelga es la suspensión temporal del trabajo llevada a cabo por una coalición de trabajadores.

huelga

Seguridad Social

La seguridad social tiene como objetivo proveer protección y mejorar el bienestar de los trabajadores y de sus familias. Es un derecho humano contemplado por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y por la Declaración Universal de los Derechos Humanos. La legislación aplicable en la materia, tratándose de las relaciones laborales previstas por el artículo 123 apartado A Constitucional, es la Ley del Seguro Social (Ley del IMSS) y su reglamento. Tratándose de las relaciones laborales previstas por el artículo 123 apartado B Constitucional resulta aplicable la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Ley del ISSSTE) y su reglamento. La Seguridad Social abarca riesgos y accidentes de trabajo; enfermedades de trabajo y generales; maternidad; invalidez; retiro; medicina preventiva; servicios médicos y pensiones; guarderías y prestaciones sociales.

Derecho Procesal del Trabajo

La Ley Federal del Trabajo se refiere en su Título Catorce al Proceso del Derecho de Trabajo, el cual será público, gratuito, inmediato, predominantemente oral y conciliatorio, se inicia a instancia de parte. Las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje y de Conciliación y Arbitraje de las Entidades Federativas, serán competentes para conocer de los conflictos que se susciten dentro de su jurisdicción que no sean de la competencia de las Juntas Federales. Las Juntas Federales de Conciliación y Arbitraje, conocerán de los conflictos de trabajo de las ramas industriales, empresas o materias a que se refiere el artículo 527 de la Ley Federal del Trabajo entre las cuales se encuentran las ramas industriales textil, eléctrica, cinematográfica, hulera, azucarera, minera, metalúrgica, de hidrocarburos, petroquímica, cementera y otras; y de las empresas que sean administradas en forma directa o descentralizada por el Gobierno Federal o que ejecuten trabajos en zonas federales, entre otras.

¿Necesitas un abogado?

necesito una bogado en Los Cabos

¿Estás en Baja California Sur, México? Todos Santos, Los Cabos, La Paz, Loreto, San José Del Cabo, Los Cabos, El Pescadero… ¿Estás en Nuevo León, México? Apodaca, Cadereyta Jiménez, El Carmen, García, San Pedro Garza García, General Escobedo, Guadalupe, Juárez, Monterrey, Salinas Victoria, San Nicolás de los Garza, Santa Catarina y Santiago… 

Abogados Cabo buscamos satisfacer las diferentes necesidades legales de nuestros clientes, tanto en sus negocios como en lo personal. Comunícate con nosotros al teléfono: (+52)8119384461, donde con gusto te asesoraremos.

¿Qué es Derecho Laboral Mexicano?

By | Abogados corporativos

Es común que se llegue a confundir esa relación con una relación laboral. O bien, confundir un contrato de prestación de servicios profesionales con un contrato laboral y en virtud de ello el prestador de servicios o quien realiza el trabajo considere que goza de los derechos y prestaciones que tienen los trabajadores conforme a la Ley Federal del Trabajo, lo cual no es así, en esos casos no existirá una relación laboral, pues como se ha mencionado para que exista una relación laboral tiene que existir subordinación, la cual no existe en los contratos de prestación de servicios.

Relaciones Laborales

Las relaciones de trabajo pueden ser: para obra, por temporada o por tiempo determinado o por tiempo indeterminado y en su caso podrá estar sujeto a prueba o capacitación inicial. Si no se establece expresamente, la relación de trabajo será por tiempo indeterminado.

derecho laboral

Resulta conveniente hacer mención que en el año de 2012 se adicionó en la Ley Federal del Trabajo el artículo 38-B que prevé la relación de trabajo para capacitación inicial, que es aquella en la cual se obliga a prestar sus servicios subordinados bajo la dirección y mando del patrón con el fin que adquiera los conocimientos o habilidades necesarios para la actividad para la que va a ser contratado. La duración máxima de este tipo de relación es de tres meses o en su caso hasta de seis meses, cuando se trate de trabajadores para puestos de dirección o gerenciales.

Además las relaciones de trabajo pueden ser consideradas según la naturaleza de las actividades o funciones que desempeña el trabajador y así hablamos de trabajadores de confianza, trabajadores de base o planta. La relación de trabajo puede ser rescindida por el trabajador o el patrón en cualquier tiempo, por causa justificada, sin incurrir en responsabilidad. Algunas de las causas de rescisión de la relación de trabajo previstas por la ley sin responsabilidad por el patrón son: el engaño por parte del trabajador o en su caso el sindicato; incurrir el trabajador en falta de honradez, en actos de violencia, o malos tratos en contra del patrón, sus familiares, del personal administrativo o directivos o de los clientes o proveedores del patrón; revelar el trabajador secretos de fabricación o dar a conocer asuntos de carácter reservado; tener el trabajador más de tres faltas de asistencia; desobedecer el trabajador al patrón o a sus representantes, sin causa justificada; entre otros.

La leyes respectivas y los tratados internacionales de los que México sea parte serán aplicables a las relaciones de trabajo en todo lo que beneficien al trabajador a partir de su entrada en vigor.

Edad Laboral

menores trabajadores

La ley establece expresamente que queda prohibido el trabajo a menores de quince años. Los mayores de quince años pueden prestar libremente sus servicios, sin embargo la ley establece ciertas limitaciones, por ejemplo los mayores de quince años y menores de dieciocho años, no podrán desempeñar actividades peligrosas para su salud, seguridad o moralidad; además no podrán ser contratados cuando no hayan terminado su educación básica obligatoria, salvo los casos que apruebe la autoridad laboral. Los mayores de quince años y menores de dieciséis años necesitan autorización de su padres o tutores y a falta de ellos, del sindicato al que pertenezcan, de la Junta de Conciliación y Arbitraje, del Inspector del Trabajo o de la Autoridad Política.

Los menores trabajadores deben percibir el pago de salarios y pueden ejercitar acciones legales ante las autoridades competentes. El trabajo de los menores queda sujeto a vigilancia y protección especial de las autoridades del trabajo tanto federales como locales. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social creará programas para erradicar el trabajo infantil.

Trabajo de Mujeres

mujer trabajadora

Las mujeres disfrutan de los mismos derechos y tienen las mismas obligaciones que los hombres. La ley, tratándose de las mujeres establece ciertas disposiciones específicas con el propósito de proteger la maternidad; por ejemplo, no podrán desempeñar labores insalubres o peligrosas, trabajo nocturno o industrial después de las 10 de la noche o en horas extraordinarias, cuando se ponga en peligro su salud o la del producto. Además las madres trabajadoras gozarán de periodos de descanso, lactancia, servicios de guardería, entre otros, bajo ciertas condiciones que establece la propia ley.

Contratos Laborales

La ley establece la presunción de la existencia de un contrato y de la relación de trabajo entre el que presta un trabajo y el que lo recibe.

Los contratos de trabajo pueden ser individuales o colectivos. El contrato individual de trabajo es aquel en virtud del cual una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario. El contrato colectivo es el convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y uno o varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones con el objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en una o más empresas o establecimientos.

Continúa leyendo aquí: https://abogadoscabo.com/que-es-derecho-laboral-en-mexico/

¿Qué es Derecho Laboral?

By | Abogados corporativos

Derecho Laboral

En el artículo de hoy de Abogados Cabo hablaremos del Derecho Laboral o Derecho del Trabajo en México, que tiene su origen en acontecimientos históricos, políticos y económicos. El artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra los derechos y garantías laborales. La legislación laboral en México se encuentra federalizada, nuestro régimen laboral se encuentra unificado por disposición del artículo 123 constitucional en virtud de que es el Congreso de la Unión, quien tiene la facultad de expedir Leyes sobre el Trabajo.

En el año de 2011 se llevó a cabo la reforma Constitucional al artículo 1 contemplando y garantizando los derechos humanos previstos en los tratados internacionales de los que México es parte. Esta reforma constitucional se hizo extensiva a diversos numerales constitucionales entre ellos los artículos 5 y 123 y en virtud de ello, toda persona tiene derecho a un trabajo digno y socialmente útil o a la profesión, industria o comercio que le convenga siempre que sea lícito. Además la Ley Federal del Trabajo otorga un tratamiento equilibrado al trabajador y patrón en las relaciones laborales.

No obstante ello, el derecho al trabajo tiene ciertas limitaciones que para ser válidas deberán estar contempladas y ser admitidas por la Constitución, un ejemplo lo tenemos en el caso de quienes deseen acceder a un cargo o puesto público o bien permanecer en él, deben cumplir con ciertos requisitos de condiciones e idoneidad que exigen las leyes.

¿Qué es Derecho Laboral?

El artículo 123 Constitucional consta de 2 apartados:

  • El apartado A que rige las relaciones de trabajo entre los obreros, jornaleros, empleados domésticos, artesanos y de una manera general todo contrato de trabajo. La Ley Federal del Trabajo rige las relaciones comprendidas en este apartado.
  • El apartado B que rige las relaciones de trabajo entre los Poderes de la Unión y sus trabajadores. Es aplicable la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Artículo 123 Constitucional.

El derecho laboral es el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones entre el trabajador y el patrón; el contrato de trabajo; las condiciones de trabajo tales como la jornada laboral, el salario, los días de descanso, las vacaciones, entre otras; las formas de terminación de la relación laboral y la seguridad social. De una manera muy general en este apartado nos referimos a estos temas, si deseas conocer más sobre cada uno de ellos, te invitamos a visitar las secciones respectivas dentro de este portal.

Relación Laboral

relación laboral

Para hablar de relación laboral, empecemos por definir quiénes son los sujetos de la relación laboral y qué se entiende por trabajo de conformidad con la Ley Federal del Trabajo. Los sujetos de la relación laboral son el trabajador y el patrón. El trabajador es la persona física que presta a otra persona física o moral, un trabajo personal subordinado. El patrón es la persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores.

El patrón y el trabajador, en virtud de la relación laboral tienen obligaciones recíprocas, la ley contempla como obligaciones del patrón: cumplir con las disposiciones legales; pagar al trabajador salarios e indemnizaciones; proporcionar materiales necesarios para la ejecución del trabajo; proporcionar a las mujeres embarazadas la protección que establezcan los reglamentos; entre otros. Por otro lado, la ley también establece las obligaciones a cargo del trabajador, mencionaremos algunas de ellas: cumplir las disposiciones de las normas legales que les sean aplicables; desempeñar el servicio bajo la dirección del patrón; ejecutar el trabajo con la intensidad, cuidado y esmero apropiados en la forma, tiempo y lugar convenidos; observar buenas costumbres durante el servicio; someterse a los reconocimientos médicos para comprobar que no padecen alguna incapacidad o enfermedad de trabajo, contagiosa o incurable; entre otras.

patrón y trabajador

Se entiende por trabajo, toda actividad humana, intelectual o material, independientemente del grado de preparación técnica requerido por cada profesión u oficio. Ahora bien, la relación de trabajo es la prestación de un trabajo personal subordinado de una persona, mediante el pago de un salario. El salario es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo.

El elemento esencial de la relación laboral es la subordinación, entendida esta como la existencia de un poder jurídico de mando del patrón al cual corresponde un deber de obediencia por parte del trabajador. Los trabajadores, en virtud de una relación laboral están obligados a prestar sus servicios bajo la dirección del patrón. Es importante mencionar que el hecho por el cual una persona presta servicios o realiza un trabajo a favor de otra, recibiendo por ella un pago, no implica necesariamente la existencia de una relación laboral.

Continúa leyendo aquí: https://abogadoscabo.com/que-es-derecho-laboral-mexicano/