Diferencias entre demanda, denuncia y querella

By abril 26th, 2024 Uncategorized

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En el artículo de hoy de Abogados Cabo hablaremos de las Diferencias entre demanda, denuncia y querella. En cuanto a temas legales se trata, normalmente las personas suelen confundir los términos empleados para los diversos asuntos jurídicos que existen, por eso es importante que conozcas y puedas diferenciar algunos términos de otros, como es el caso de las denuncias, querellas y demandas. En este artículo te contaremos en qué consiste exactamente la demanda, denuncia y querella, y cómo puedes diferenciarlas, aunque en caso de más dudas, contáctanos a través de nuestro sitio web.

 

¿Qué es una demanda?

Una demanda es un acto procesal por medio del cual una persona se constituye en parte actora o demandante, formulando su pretensión ante el órgano jurisdiccional e inicia un proceso y el ejercicio de la acción.

 

¿Qué es una denuncia?

La denuncia es hacer una declaración que ponga en conocimiento a la autoridad sobre algún hecho que pueda ser considerado como delito.

 

¿Qué es una querella?

La querella es la expresión de la voluntad de la víctima u ofendido o de quien legalmente se encuentre facultado para ello, mediante la cual manifiesta expresamente ante el Ministerio Público su pretensión de que se inicie la investigación de uno o varios hechos que la ley señale como delitos y que requieran de este requisito de procedibilidad para ser investigados y, en su caso, se ejerza la acción penal correspondiente

 

¿Cómo puedo diferenciar una demanda de una denuncia o querella?

Las tres inician un proceso judicial concreto. La demanda inicia los procesos judiciales civiles, contenciosos-administrativos y sociales. Mientras que la denuncia y querella sólo empiezan un procedimiento penal, y se distinguen porque con la presentación de la querella, el denunciante muestra su voluntad de apersonarse como acusación, mientras que en la denuncia, no es obligatorio que el denunciante lo haga, debido a que en casos como en la comisión de delitos graves aunque el ofendido o la víctima retiren su denuncia esta se seguirá de oficio por el ministerio público.

 

Otra manera de diferenciarlas es que tanto las denuncias como las querellas son un procedimiento judicial que actúa por la vía penal, es decir, sobre delitos y faltas, mientras que las demandas atienden principalmente aquellas personas que solicitan a la autoridad que exija a otra persona ya sea físico o moral el cumplimiento pendiente de una obligación.

 

¿Qué particularidades tienen la denuncia y querella en materia penal?

Las denuncias y las querellas pueden formularse verbalmente, por escrito o vía portal electrónico de la Procuraduría de Justicia del Distrito Federal, se concretará en todo caso a describir los hechos supuestamente delictivos, sin calificarlos jurídicamente y se hará en los términos previstos para el ejercicio del derecho de petición. Cuando la denuncia o querella no reúna los requisitos citados, el funcionario que la reciba prevendrá al denunciante o querellante para que la modifique ajustándose a ellos, así mismos, se informará al denunciante querellante dejando constancia en el acta, acerca de la trascendencia jurídica del acto que realiza, sobre las penas en que incurren los que declaran falsamente ante las autoridades, y sobre las modalidades del procedimiento según se trate de delitos perseguibles de oficio o por querella.

 

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