¿Qué es el contrato de depósito?

By mayo 3rd, 2024 Uncategorized

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En este artículo de Abogados Cabo hablaremos del Contrato de Depósito. Antes de comenzar este tema es necesario precisar lo que es un depósito, que consiste en entregar ciertos bienes bajo la custodia de una persona o de una organización que deberá responder por ellos cuando se le requieran, esto en términos generales, ya que en nuestro país existen diversos tipos de depósito. En este artículo nos basaremos en el contrato de depósito en materia civil.

 

¿Qué es el contrato de depósito?

El depósito es un contrato por el cual el depositario se obliga hacia el depositante a recibir una cosa, mueble o inmueble que aquél le confía, y a guardarla para restituirla cuando la pida de vuelta al depositante.

 

Si voy a fungir como depositario, ¿puedo pedir una retribución por el depósito?

Sí, salvo pacto en contrario, el depositario tiene derecho a exigir retribución por el depósito, la cual se arreglará a los términos del contrato y, en su defecto, a los usos del lugar en que se constituya el depósito.

 

¿A que estoy obligado como depositario?

El depositario está obligado a conservar la cosa objeto del depósito, según la reciba, y a devolverla cuando el depositante se lo pida, aunque al constituirse el depósito se hubiere fijado plazo y éste no hubiere llegado. En la conservación del depósito responderá el depositario de los menoscabos, daños y perjuicios que las cosas depositadas sufrieren por su malicia o negligencia.

 

¿Qué pasa si estoy al resguardo de ciertos bienes y me percato que son robados?

Si después de constituido el depósito te percatas o tienes conocimiento como depositario que la cosa que resguardas que te fue entregada como depósito es robada y sabes quién es el verdadero dueño, debes dar aviso a éste o a la autoridad competente, con la reserva debida. Es importante que sepas que si dentro de los ocho días no se le manda judicialmente retener o entregar la cosa, puedes devolverla al  depositante, sin que por ello quedes sujeto a responsabilidad alguna.

 

Cuando varias personas me hayan dado una sola cosa o cantidad en depósito, si una me la solicita, ¿puedo entregarla?

No, siendo varios los que den una sola cosa o cantidad en depósito, no podrá el depositario entregarla sino con previo consentimiento de la mayoría de los depositantes, computado por cantidades y no por personas, a no ser que al constituirse el depósito se haya convenido que la entrega se haga a cualquiera de los depositantes. Si desde un principio se estableció que bien o cantidad del depósito le correspondía a cada persona, solo así tu como depositario podrás entregar a cada depositante una parte de la cosa respectiva.

 

¿Qué pasa si no se estableció plazo para el depósito?

Cuando no se haya estipulado plazo para el depósito, el depositario puede devolver el bien al depositante cuando quiera, siempre que le avise con una prudente anticipación, si se necesita preparar algo para la guarda de la cosa.

 

¿Cuál es la principal obligación del depositante?

El depositante está obligado a indemnizar al depositario de todos los gastos que haya hecho en la conservación del depósito y de los perjuicios que por él haya sufrido.

 

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