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Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil

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En el artículo de hoy de Abogados Cabo hablaremos del Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil. Una encuesta realizada por el INEGI, reveló que en México tan sólo el 22% de la población adulta dispone de algún tipo de seguro. De éstos, el 33% cuentan con un seguro automotriz. Asimismo la encuesta señaló que el 41% de las personas que no cuenta con un seguro es porque piensan que son muy caros; el 19,7%, indica que no los conoce y no sabe dónde solicitarlos; y el 18,8% considera que no los necesita o no son necesarios. Si tú eres una de esas personas que conoce los seguros obligatorios de responsabilidad civil vehicular, te invitamos a revisar este artículo de Abogados Cabo y despejar tus dudas.

 

¿Qué es el Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil Vehicular?

Es un tipo de seguro obligatorio, que tiene como finalidad proteger los daños que se ocasionan por un accidente de automóvil a terceros: ya sea con otros automóviles, mobiliario urbano o bien a otras personas.

 

¿Qué ley contempla que se cuente con este tipo de seguro en carretera?

La Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.

 

¿Qué establece esta ley sobre el seguro obligatorio para autos?

La ley establece que todos los vehículos que transiten en vías, caminos y puentes federales deberán contar con un seguro que garantice a terceros los daños que pudieren ocasionarse en sus bienes y personas por la conducción del vehículo. La contratación del seguro será responsabilidad del propietario del vehículo.

 

¿Cuál es la sanción por conducir sin este seguro en caminos y puentes federales?

Las personas que conduzcan sus vehículos en caminos y puentes federales que no cuenten con un contrato de seguro que garantice daños a terceros, la ley establece una multa de veinte a cuarenta días de salario mínimo vigente en la Ciudad de México.

Asimismo establece que el propietario del vehículo tendrá 45 días naturales para la contratación de la póliza de seguro, misma que al presentarla ante la autoridad recaudatoria durante el término anterior, le será cancelada la infracción.

 

¿En la Ciudad de México también es obligatorio tener este tipo de seguro?

Sí, a partir del 1 de enero del 2016, todos los automóviles que circulen en la Ciudad de México, deberán contar de manera obligatoria con un seguro de responsabilidad civil, informó la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros.

 

¿En dónde puedo encontrar esta disposición en la Ciudad de México?

En el nuevo reglamento de tránsito del Distrito Federal, actualmente Ciudad de México, se especifica que los vehículos motorizados deberán contar con una póliza de seguro de responsabilidad civil vigente, que ampare al menos la responsabilidad civil por daños a terceros en su persona y en su patrimonio.

 

¿Qué establece el reglamento respecto a los automóviles de transporte público?

En el caso de las unidades que prestan el servicio de transporte público de pasajeros o de carga, deberá contar con póliza de seguro de responsabilidad civil vigente, que ampare la responsabilidad civil por daños y perjuicios que con motivo de la prestación del servicio pudiese ocasionar a los usuarios o terceros en su persona o patrimonio, dependiendo de la modalidad de transporte a la que corresponda y de acuerdo a lo que establezca el reglamento de la Ley.

 

¿Necesitas un abogado?

 

¿Estás en Baja California Sur, México? Todos Santos, Los Cabos, La Paz, Loreto, San José Del Cabo, Los Cabos, El Pescadero… ¿Estás en Nuevo León, México? Apodaca, Cadereyta Jiménez, El Carmen, García, San Pedro Garza García, General Escobedo, Guadalupe, Juárez, Monterrey, Salinas Victoria, San Nicolás de los Garza, Santa Catarina y Santiago… 

 

Abogados Cabo buscamos satisfacer las diferentes necesidades legales de nuestros clientes, tanto en sus negocios como en lo personal. Comunícate con nosotros al teléfono: (+52)8119384461, donde con gusto te asesoraremos.

 

Delito de Despojo de Inmueble

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En el artículo de hoy de Abogados Cabo hablaremos del Delito de Despojo de Inmobiliare. El “paracaidismo” se ha vuelto una forma de adquirir viviendas en nuestro país, ya que existen familias o grupos grandes de personas que aprovechan inmuebles o terrenos desocupados por un largo periodo de tiempo, para apropiarse de ellos y establecer en dichos bienes ajenos sus casas o negocios constituyendo de esta manera el delito de despojo.

 

¿Qué es el delito de despojo de inmueble?

El delito de despojo se presenta principalmente cuando una persona o grupo de personas, privan a otra de la posesión de sus bienes inmuebles como lo son casas y terrenos, haciendo uso de violencia o amenazas en la mayoría de los casos.

 

¿Qué sanciones se aplican a quienes cometan este delito?

La ley establece una pena o sanción de tres meses a cinco años de prisión y multa de cincuenta a quinientos pesos:

 

  • A la persona que por propia autoridad y haciendo violencia o furtivamente, o empleando amenaza o engaño, ocupe un inmueble ajeno o haga uso de él, o de un derecho real que no le pertenezca.
  • Así mismo a la persona que de propia autoridad y haciendo uso de los medios indicados en la fracción anterior, ocupe un inmueble de su propiedad, en los casos en que la ley no lo permite por hallarse en poder de otra persona o ejerza actos de dominio que lesionen derechos legítimos del ocupante, y
  • Al que en los términos de las fracciones anteriores, cometa despojo de aguas.

 

¿Qué sanción amerita el despojo cometido por varias personas?

Cuando el despojo se realice por grupo o grupos, que en conjunto sean mayores de cinco personas, además de la sanción señalada anteriormente, se aplicará a los autores intelectuales y a quienes dirijan la invasión, de uno a seis años de prisión.

 

En los casos en los que haya personas que se dediquen reiteradamente a este delito, ¿qué sanción ameritan?

A quienes se dediquen en forma reiterada a promover el despojo de inmuebles urbanos en la Ciudad de México, se les aplicará una sanción de dos a nueve años de prisión. Se considera que se dedican a promover el despojo de inmuebles urbanos en forma reiterada, quienes hayan sido anteriormente condenados por esta forma de participación en el despojo, o bien, se les hubiere decretado en más de dos ocasiones auto de formal prisión por este mismo delito, salvo cuando en el proceso correspondiente se hubiese resuelto el desvanecimiento de datos, el sobreseimiento ó la absolución del inculpado.

 

¿Puede agravarse el delito de despojo de inmueble?

Sí, siempre que exista violencia o amenazas.

 

¿Cuáles son los consejos para evitar ser víctima de este delito?

Algunas de las recomendaciones que podemos hacer para evitar ser víctimas de despojo son:

 

  • Colocar avisos en los inmuebles o terrenos desocupados en los que se advierta que la propiedad es privada o no se encuentra a la venta.
  • Colocar barda en las propiedades o cercarlas
  • Conservar las casas con ventanas y puertas cerradas.
  • Realizar vigilancia o visitas constantes a los inmuebles desocupados.
  • Tener un contacto frecuente con el vecindario.

 

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Consideraciones para vender una propiedad

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En el artículo de hoy de Abogados Cabo hablaremos de las Consideraciones para vender una propiedad. Sabemos lo importante que puede ser la venta de una casa, por eso, en este artículo te comentaremos lo que debes hacer después de vender tu propiedad. Aunque si tienes más dudas, puedes contactarnos a través de nuestro sitio web Abogados Cabo.

 

Una vez que hayas encontrado al comprador de tu casa y se dispongan a hacer los trámites pertinentes, es necesario que consideres lo siguiente:

 

  • Tienes un plazo aproximado de 30 a 45 días para elaborar y firmar la escritura de compraventa y, por consiguiente, entregar el inmueble a su nuevo propietario.
  • La documentación que debes entregar a la notaría en la que hayas hecho el trámite es la siguiente:
  • Boletas del predial y del agua. El notario exigirá la comprobación de haberse efectuado los pagos de los últimos 5 años a la fecha.
  • Solicita a la notaría un recibo pormenorizado de todos y cada uno de los documentos que entregues, así mismo saca copias de todos los documentos que te sean entregados al igual de los que tengas que entregar.
  • Facilita el acceso a la propiedad a los valuadores que deberán participar en la operación, su trabajo es determinante para efectos fiscales y del crédito.
  • En el contrato se estableció un plazo máximo para proceder a la escrituración, lo que significa que para esa fecha debes entregar el inmueble.
  • Es importante no descuidar el pago oportuno de luz y/o teléfono, ya que serán a su cargo todos los servicios y gastos originados con fecha anterior a la escrituración del inmueble, aunque su cobro sea posterior.
  • Si por algún motivo consideras que no estarás en posibilidad de acudir personalmente a la firma de la escritura en las fechas previstas, avíselo al notario para tramitar un poder con suficiente anticipación y designes a la persona adecuada para realizar las gestiones pertinentes.
  • Solicita a la notaría días antes de la escrituración, un desglose de los posibles gastos o pagos a su cargo, para que los conozcas y estés preparado para cubrirlos. Igualmente procura que su comprador sea informado oportunamente de aquellos que correrán por su cuenta.

 

Consejos al momento de firmar la escritura de la casa:

 

  • Llega con suficiente tiempo de anticipación por cualquier eventualidad que pueda surgir.
  • Las personas que intervengan en el trámite deberán ir plenamente identificadas por lo que deberán acudir con credencial con fotografía y que la misma esté vigente.
  • Es importante que lleves las llaves del inmueble para poder hacer entrega de la posesión del mismo al comprador, si es posible el día de la escrituración.
  • Prepara y entrega al comprador todos los documentos referentes al inmueble, como contratos de gas, luz, planos, etc.
  • Solicita de preferencia al comprador de tu casa que el pago de la misma o cualquier saldo pendiente del precio convenido, lo realice mediante cheque o transferencia bancaria para que de esa manera evites tener grandes cantidades de dinero contigo.
  • Por último proporciona al comprador todas las recomendaciones posibles y detalles de la casa y sus alrededores, para que le resulte más fácil familiarizarse con su nuevo hogar.

 

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Declaración de Ausencia

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En el artículo de hoy de Abogados Cabo hablaremos de la Declaración de Ausencia. Mucho se ha visto en los medios de comunicación o en las delegaciones letreros en los cuales se pide ayuda para encontrar a alguna persona ya sea extraviada o ausente, por esta razón existe en México el Centro de Atención a Personas Extraviadas o Ausentes (CAPEA), el cual proporciona apoyo para buscar y localizar a las personas y de esta manera reincorporarlas a su núcleo familiar.

 

En este artículo de Abogados Cabo te contaremos cómo funciona este centro y qué es la declaración de ausencia. No obstante, en caso de que necesites mayor asesoría, no dudes en completar el formulario de nuestra web y un experto se comunicará contigo a la brevedad.

 

¿Cuáles son las medidas que toma el CAPEA para localizar a una persona extraviada o ausente?

Realiza acciones de vinculación, coordinación y rastreo interinstitucional con instancias de asistencia social, médicas y agencias del ministerio público, así como elaborar volantes de media filiación con fotografía para que otras personas puedan identificarlos y llevar a su paradero.

 

¿Cuándo se da una declaración de ausencia?

La declaración de ausencia se da cuando alguna persona desaparece repentinamente del lugar donde habita, cuando desaparece sin dejar rastro, sin que sus familiares conozcan su situación o paradero. La ley permite que en éstos casos se pueda solicitar al juez la declaración de ausencia a fin de poder adoptar medidas destinadas a proteger sus bienes y derechos.

 

¿Existe un plazo para poder hacer la declaración de ausencia de una persona?

Sí, la ley establece que para declarar ausente a alguien debe pasar un periodo de dos años.

 

¿Qué pasa con los bienes del ausente en este tiempo?

Cuando una persona haya desaparecido y se ignore el lugar donde se halle y quien la represente, el juez, a petición de parte o de oficio, nombrará un depositario de sus bienes, la citará por edictos publicados en los principales periódicos de su último domicilio, señalándole para que se presente un término que no bajará de tres meses, ni pasará de seis, y dictará las providencias necesarias para asegurar los bienes.

 

¿Qué sucede si al término del llamamiento no responde nadie por el ausente?

Si cumplido el término del llamamiento, el citado no apareciera ni otra persona en su nombre, se procederá al nombramiento de un representante.

 

¿Nombrado el representante se puede seguir buscando a la persona ausente?

Sí, cada año, en el día que corresponda a aquel en que hubiera sido nombrado el representante, se publicarán nuevos edictos llamando al ausente.

 

¿Cualquier persona puede solicitar la declaración de ausencia?

No, únicamente:

 

  • Los presuntos herederos legítimos del ausente.
  • Los herederos instituidos en testamento abierto.
  • Los que tengan algún derecho u obligación que dependa de la vida, muerte o presencia del ausente.
  • El Ministerio Público.

 

¿Qué pasa si al pasar de los años no aparece la persona ausente?

Cuando hayan transcurrido 6 años desde la declaración de ausencia, el juez, a instancia de parte interesada, declarará la presunción de muerte.

 

¿En dónde puedo solicitar los servicios de CAPEA?

En el área de trabajo social de CAPEA, en la calle de Dr. Andrade 103, esquina Dr. Velasco, Col. Doctores, delegación Cuauhtémoc.

Horario: Las 24 horas, los 365 días del año. Teléfonos 53 45 50 67 y 53 45 50 84. El servicio es gratuito.

 

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Derechos en Salud que contempla la Ley

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En el artículo de hoy de Abogados Cabo hablaremos de Derechos en Salud que contempla la Ley. Nuestra Constitución establece el derecho a la protección de la salud que tiene toda persona en los términos de su artículo 4º., estableciendo las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general. Por eso, en este artículo de Abogados Cabo te contaremos más sobre los derechos en salud y datos extras relacionados con los mismos. No obstante, en caso de que desees profundizar aún más, te invitamos a completar el formulario de nuestra página web y un experto se contactará contigo a la brevedad.

 

¿Cuál es el objetivo de los servicios de salud en México?

Los servicios de salud en nuestro país son todas aquellas acciones realizadas en beneficio del individuo y de la sociedad en general, dirigidas a proteger, promover y restaurar la salud de la persona y de la colectividad.

 

¿Cómo se clasifican los servicios de salud en nuestro país?

Los servicios de salud se clasifican en tres tipos:

 

  • De atención médica
  • De salud pública
  • De asistencia social

 

¿Cuáles son los derechos en salud que contempla la ley?

Dentro del derecho de protección de la salud, se consideran servicios básicos de salud los referentes a:

 

  • La educación para la salud, la promoción del saneamiento básico y el mejoramiento de las condiciones sanitarias del ambiente.
  • La prevención y el control de las enfermedades transmisibles de atención prioritaria, de las no transmisibles más frecuentes y de los accidentes
  • La atención médica integral, que comprende la atención médica integrada de carácter preventivo, acciones curativas, paliativas y de rehabilitación, incluyendo la atención de urgencias.
  • La atención materno-infantil.
  • La planificación familiar
  • La salud mental.
  • La prevención y el control de las enfermedades bucodentales.
  • La disponibilidad de medicamentos y otros insumos esenciales para la salud.
  • La promoción de un estilo de vida saludable.
  • La asistencia social a los grupos más vulnerables y, de éstos, de manera especial, a los pertenecientes a las comunidades indígenas, y
  • La atención médica a los adultos mayores en áreas de salud geriátrica.

 

¿En qué consiste la atención médica integrada de carácter preventivo?

Consiste en realizar todas las acciones de prevención y promoción para la protección de la salud, de acuerdo con la edad, sexo y los determinantes físicos y psíquicos de las personas, realizadas preferentemente en una sola consulta.

 

¿Qué es la Protección Social en Salud?

Es un sistema por el cual el Estado garantiza el acceso efectivo, oportuno, de calidad, sin desembolso al momento de utilización y sin discriminación a los servicios médico-quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios que satisfagan de manera integral las necesidades de salud, mediante la combinación de intervenciones de promoción de la salud, prevención, diagnóstico, tratamiento y de rehabilitación. Como mínimo se deberán contemplar los servicios de consulta externa en el primer nivel de atención, así como de consulta externa y hospitalización para las especialidades básicas de: medicina interna, cirugía general, ginecoobstetricia, pediatría y geriatría, en el segundo nivel de atención.

 

¿Quiénes se podrán incorporar a este sistema?

Las familias y personas que no sean derechohabientes de las instituciones de seguridad social o no cuenten con algún otro mecanismo de previsión social en salud, se incorporarán al Sistema de Protección Social en Salud que les corresponda en razón de su domicilio.

 

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